martes, 8 de diciembre de 2009

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN NO.66-97

El siguiente analizas trata sobre la ley General de Educación No. 66-97 la cual surge dentro de un proceso de modernización del sistema educativo nacional, que tuvo el respaldo de la UNESCO. Previamente se había aprobado un Plan Decenal de Educación para los años 1992-2002.

Esta ley garantiza el derecho de todos los habitantes del país a la educación. Regula, en el campo educativo, la labor del Estado y de sus organizaciones descentralizadas y la de los particulares que recibieren autorización o reconocimiento oficial a los estudios que imparten.

Esta garantía de la educación para todos los habitantes del país, necesariamente engloba o encierra el sector social que representan los jóvenes, ya que los mismos representan el 99% de la población estudiantil dominicana, por lo que el mismo representa la población con la cual trabaja esencialmente la Secretaria de Estado de Educación.

Como elemento previo a esta etapa se había producido un amplio movimiento de profesores y estudiantes de las escuelas públicas que produjeron importantes cambios en el sistema educativo nacional, los cuales quedaron incorporados en la Ley General de Educación.

La ley de educación se fundamenta en una serie de principios en lo que sen llegado a la conclusión que:

1. Se acoge la educación como derecho permanente e irrenunciable del ser humano.

2. La cultura es asumida como elemento básico de la educación dominicana, por lo que se identifica un conjunto de valores que serán promovidos a través del sistema.

3. Se reitera el respeto al mandato constitucional relativo a la libertad de educación y de conciencia.

4. Como paso de avance esta ley de educación acoge el nivel inicial, esto hasta los cinco años, como obligación del Estado.

5. Incorpora también la educación artística en todos los niveles de escolaridad y establece tres modalidades de bachillerato: general, técnico-profesional y artístico.

6. En los últimos años la educación pública ha logrado importantes avances en este sentido, con la incorporación de las guarderías infantiles, dirigidas a albergar niños de madres que trabajan.

7. La Secretaría de Estado de Educación es el órgano del Poder Ejecutivo responsable de orientar y administrar el sistema educativo nacional y ejecutar todas las disposiciones pertinentes de la Constitución de la Republica, la Ley de Educación, leyes conexas y los correspondientes reglamentos.

8. Como organismo máximo de decisión en materia de política educativa se crea el Consejo Nacional de Educación, el cual es encargado de establecer la orientación general de la educación dominicana en sus niveles de competencia, y de garantizar la unidad de acción entre las instituciones públicas y privadas que realizan funciones educativas.

9. La ley general de educación asigna responsabilidades a la Secretaría de Educación en el ámbito de la ciencia, tecnología y cultura que posteriormente serán asumidos por órganos especializados creados para dar atención a estas áreas, como son los casos de las Secretaría de Estado de Educación.



Una ordenanza es un tipo de norma jurídica, que se incluye dentro de los reglamentos, y que se caracteriza por estar subordinada a la ley.

El término proviene de la palabra orden, por lo que se refiere a un mandato que ha sido emitido por quien posee la potestad para exigir su cumplimiento.


A lo largo de la década, la Secretaría de la Educación promulgó una serie de decretos y ordenanzas. Entre los mencionados instrumentos legales, el Decreto 8 de 1991 por medio del cual se crea la Comisión Especial para la Elaboración de una nueva Ley Orgánica de Educación; el Decreto 209 de mayo de 1991 donde se establece la necesidad de elaborar un estudio sobre el funcionamiento del sistema educativo; la Ordenanza 3 de mayo 1999, para la modificación de los artículos 19, 23, 24 de la ordenanza 1 de 1995, donde se establece la asignatura “ Formación Integral Humanística y Religiosa” en 1°, 2°, 3° grado de la educación básica, así como la incorporación de la asignatura “ Educación Moral y Cívica” en todos los niveles de la educación básica y medio como asignatura parte de las Ciencias Sociales; la Ordenanza No. 2 del 2000 donde se establecen como principios y fines de la educación, el respeto por la vida, la dignidad humana, los derechos fundamentales y el conocimiento de los derechos y deberes del educando.

1´96

ORDENANZA Nº 1.96 QUE ESTABLECE EL SISTEMA DE EVALUACION DEL CURRTCULUM DE LA EDUCACION INICIAL, BASICA, MEDIO, ESPECIAL Y DE ADULTOS

CONSIDERANDO que la reforma iniciada eh el sistema educativo tiene un carácter integral y que, en tal sentido, todos los componentes de los procesos y los productos de la acción educativa deben interactuar para asegurar una educación de calidad a los estudiantes y a las estudiantes dominicanas y dominicanas.

CONSIDERANDO que durante el año escolar 1995-1996, se puso en vigencia un nuevo curriculum, establecido mediante la Ordenanza 195, con el propósito de ofrecer educación la calidad en 1os Niveles de Inicial Básica y Media., como así para el sistema de Educación de Adultos y para la modalidad de Educación Especial.

CONSIDERANDO que en las Grandes Declaraciones del Congreso Nacional del Plan Decenal de Educación se aprobó que la evaluación es un componente imprescindible de la práctica educación, que contribuye a incentivar la responsabilidad de todas y de todos los actores de los procesos educativos; promoviendo, también, la creación, el desarrollo y la utilización de un amplio Sistema de Evaluación de todos los componentes de la educación:

Rendimiento académico de los/as estudiantes, procesos, currículo, gestión, prácticas docentes, para todos los niveles y modalidades del sistema educativo, en los sectores público y privado.

CONSIDERANDO que en el artículo 54 de la Ordenanza 1’95 se dispone que para la evaluación del desarrollo curricular se pondrá en vigencia, mediante una disposición adicional, el Sistema de Evaluación del Currículo, el cual deberá establecer criterios para la evaluación de todos los componentes del mismo”.

Oídas: Las opiniones de los Subsecretarios de Estado de Educación y de Cultura, el Consultor Jurídico, los Coordinadotes de las Divisiones de Servicios Técnicos, Estructura Educativa, Descentralización y Planificación Educativa; los Directores Generales de:

Currículo, Educación Media, Educación Técnico Profesional, Educación de Adultos, Educación Física y de Pruebas Nacionales; los Directores Regionales y de Distritos, los Directores de los Departamentos de Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Especial y Evaluación.

Oída: La opinión del Comité de Trabajo Diario de la 1ransformación Curricular.
Oída: la opinión de la Asociación Dominicana de Profesores (A.D.P).
Vistos: los Fines de la Educación Dominicana, contemplados en el Proyecto de la nueva 1ey de Educación.

Vistas: las Ordenanzas 1 t95 que establece el Curriculum para la Educación Inicial, Básica. Media, Especial y de Adultos, la Ordenanza 292 que establece un nuevo Reglamento de Evaluación y Promoción de los alumnos ¡as de la educación general básica; la Ordenanza 392 que institucionaliza y reglamenta el Sistema de Pruebas Nacionales, la Ordenanza 2’93 que reglamenta las Pruebas Nacionales de conclusión de la Educación Media, la Ordenanza 488 que establece el Servicio Social Estudiantil, el Reglamento de Educación Secundaria y Normalista.

El Consejo Nacional de Educación en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Educación No.2909, del 5 de junio de 1951, modificada por las leyes No.5893 El 10 de mayo de1962 y la 119 el 7 de abril de 1967 dicte lo siguiente:

ORDENANZA
QUE ESTABLECE EL SISTEMA DE EVALUACIÓN DEIS CLJ R1UCULUM DE LA EDUCACIÓN INICIAL, BÁSICA, MEDIA, ESPECIAL Y DE ADULTOS.

Art. 1.Se establece el Sistema de Educación de Currículo de la Educación Inicial, Básica, Media, Especial y de Adultos, pública y privada, a partir del año escolar 1996- 1997. Conceptualizaciones en que se fundamenta el Sistema de Evaluación.


Art. 2.El Sistema de Evaluación responde a las concepciones que se especifican a continuación:

a) La educación es concebida en los Fundamentos Teóricos del Currículo como un medio que contribuye al desarrollo de las múltiples capacidades humanas, promueve una mejor relación con el entorno, el trabajo, el fortalecimiento de la democracia, el desarrollo y uso racional de la ciencia y la tecnología; la transmisión y reforzamiento de la identidad; la formación moral y ática del individuo. Como mediación cultural, la educación es un proceso por el cual la sociedad elabora y transmite conocimientos, recupera experiencias acumuladas para su creación y enriquecimiento, contribuyendo así al desarrollo sostenible de la sociedad. De igual manera, como proceso de socialización, la educación las manifestaciones culturales, locales, regionales, nacionales y universales, lo cual se concreta en el nuevo currículo cuando se refiere a necesidad de adecuación que el mismo requiere para responder a los diferentes contextos, a las necesidades, características y expectativas de los sujetos del proceso educativo y a las de la sociedad de la que forma parte.

b) El currículo es asumido como una estrategia educativa general para el desarrollo de las capacidades humanas y la transformación de los sujetos. Como fundamentación y orientación del proceso educativo, basado en los principios, concepciones y valores que definen la educación, y como una estrategia fundamental de la política educativa para el logro de sus propósitos.

La concepción adoptada sobre la educación y el currículo imprime las características básicas:

• Flexibilidad: porque deja abiertas las vías de adecuación a las particularidades e identidades a nivel local y regional, y permite la satisfacción de las necesidades, intereses y demandas de los/as estudiantes.

• Abierto: porque recoge permanentemente los avances de la ciencia, la tecnología el arte y está inserto en un proceso de construcción y reconstrucción permanente para ajustarse a la dinámica de los cambios económicos, sociales y culturales de la sociedad.

• Participativo: porque otorga a los actores del proceso educativo (maestros/as, estudiantes, directivos, miembros de la comunidad, padres, madres) la oportunidad de aportar, reflexionar y actuar. Asume a los actores como sujetos históricos, plenos de potencialidades y capacidades y recoge permanentemente las demandas de la sociedad y la cultura.

e) La Transformación Curricular se concibe como un movimiento socio educativo orientado a elevar la calidad de la educación, a través de la puesta en ejecución de un diseño curricular pertinente a una realidad y a un momento histórico determinado Esta concepción implica una nueva visión de los sujetos de la educación, del conocimiento y el aprendizaje.

Los sujetos: las personas involucradas en los procesos educativos se conciben como sujetos, es decir, con posibilidades de construirse día a día, de participar desde su individualidad, subjetividad y sus experiencias, con responsabilidad y autonomía en la realidad social de la que forman parte.

• El conocimiento se asume como las formas en que los seres humanos elaboran explicaciones en torno a la calidad personal, social, natural y simbólica, según las características de los contextos. Las oportunidades, las prácticas sociales y educativas y su nivel de desarrollo evolutivo. La construcción de los conocimientos es concebida corno el proceso activo de rupturas y superación de esquemas de pensamiento y acción implicados en OS procesos de enseñanza y aprendizaje.
• Aprendizaje Significativo: tipo de aprendizaje privilegiado por la Transformación Curricular que Mude a lo cultural, a la acción, a procesos mediados por interacciones sociales, posibilitando así que los sujetos doten de sentido el universo natural, social y simbólico en el que se desenvuelven.

d) El concepto de calidad de la educación está referido a fa eficacia y eficiencia de los desarrollos curriculares para hacer realidad los propósitos del currículo Determina hasta qué punto los desarrollos curriculares promueven la formación de seres humano que respondan las características especificadas en el perfil del egresado del sistema educativo dominicano, y en correspondencia con los principios y finalidades de la educación dominicana.

En el mareo de la Transformación Curricular, la concepción de calidad de la educación debe tomar en consideración la diversidad cultural, las características y necesidades de los sujetos y los contextos en los que se desarrollan las prácticas educativas, para poder responder a las características del currículo ya definidas.

e) Como indicadores de la calidad tic la educación se consideran:

• La atención a las condiciones socioculturales y socioeconómicas de los actores de los procesos educativos, en correspondencia con los planteamientos del currículo.

• La pertinencia de los procesos educativos que se promueven para hacer operativo el currículo en la escuela y los desarrollos curriculares que se llevan a cabo.

• La disponibilidad, uso y adecuación de los recursos y facilidades infraestructurales con que se cuente para promover la calidad de los procesos educativos.

• La eficacia y eficiencia del sistema administrativo y de la gestión global del sistema educativo.
• Los servicios de apoyo a la gestión educativa de los cuales se disponga. Entre ellos: orientación educativa y psicológica, investigación, animación sociocultural y otros apoyos provenientes de las comunidades.

• El rendimiento de los estudiantes, la calidad de su participación en los procesos de enseñanza y aprendizaje y los resultados obtenidos, tomando como referentes básicos los propósitos del nivel, modalidad, ciclo, grado y áreas de que se trate.

• El nivel de vinculación entre los centros educativos y las comunidades, y la participación de las familias para promover una educación de calidad en atención a las demandas del contexto sociocultural.

• Las innovaciones que se introducen en las prácticas educativas y la promoción de la investigación en la acción para superar dificultades y elevar la calidad.

En la perspectiva del concepto de educación y de calidad (le la educación que se asumen, la evaluación educativa se considera como un proceso de investigación de la realidad educativa.

La investigación educativa de esa realidad se concibe en una perspectiva holística que torna en cuenta la unidad e integridad que caracterizan los procesos educativos, a partir de la diversidad social y cultural de los actores del proceso. Sobre el concepto de evaluación educativa y sus características.

Art. 3. La evaluación es de carácter social, participativo, procesal y holística. Implica un proceso permanente de valoración e investigación de la realidad educativa, tomando en cuenta a todos los actores del mismo, en sus dimensiones particulares y generales, con el propósito de tomar decisiones que permitan el mejoramiento continuo de la calidad de la educación. Como parte de los procesos de enseñanza y aprendizaje, la evaluación debe servir para detectar oportunamente dificultades, problemas; informar, proponer medidas consensuadas y/o establecer correctivos que les permitan a sus actores desempeñarse de forma cada vez más satisfactoria.

Art. 4. De acuerdo con los fundamentos y propósitos del curriculum, la evaluación ochenta a los actores y favorece el desarrollo del proceso educativo. En tal virtud:

• Contribuye a que el/la al estudiante conozca sus capacidades y limitaciones, ayudándole a construir una imagen realista de si mismo, plantearse metas viables para desarrollas sus capacidades cognitivas, afectivas y sociales, vinculándose de manera satisfactoria a su entorno natural y social, para así poder mejorar sus condiciones de vida, apoyándose en sus potencialidades y enfrentando las situaciones problemáticas que la vida le plantee.

• Informa al educador y a la educadora acerca de la pertinencia y efectividad de las planificaciones y pondera críticamente las propuestas curriculares a fin de mejorar, su práctica, interactuando cada vez más adecuada y críticamente con sus estudiantes, sus entornos y los saberse, tanto los saberse previos como los que se construyen en el centro educativo. Esto le permitirá superar progresivamente formas tradicionales de evaluación, centradas Sólo en la ponderación de la cantidad de aprendizajes de hechos y datos realizados por los estudiantes, ya que se [rata de evaluar tanto los aprendizajes de conceptos, procedimientos, valores, actitudes y normas, así corno el desarrollo de las capacidades y habilidades a partir de la diversidad de estrategias puestas en juego.

Desde la perspectiva de los procesos, la evaluación debe ofrecer informaciones acerca de la forma en que se asume cada una de. Las fuentes de la Transformación Curricular y del modo en que se desarrollan todos los componentes del diseño curricular tan importante es evaluar los logros de los procesos de aprendizaje de los estudiantes, corno evaluar las estrategias desarrolladas y actividades realizadas durante el proceso enseñanza y aprendizaje.

Desde la perspectiva de, los factores que inciden en los procesos y sus resultados la evaluación debe permitir identificarlos y diseñar estas alternativas de acción, teniendo en cuenta que algunas de esas causas suelen ser internas a los centros educativos y a los propios procesos de enseñanza y aprendizaje, y otras externas, asociadas a las condiciones de vida de los actores del proceso educativo.

Art. 5. En tal virtud la evaluación debe ser de carácter continuo, teniendo lugar en todos los momentos del proceso educativo y adquiriendo diferentes formas:

Diagnóstica, formativa y sumativa. Estas formas de la evaluación se consideran sólo para hacer operativa esta tarea. La evaluación es un proceso único y la puesta en práctica de las tres formas señaladas no necesariamente se aplican en momentos claramente diferenciados. En ese sentido:

La evaluación es hacer intervenir a todos los actores de los procesos educativos, todos los momentos en los que cada uno evalúa desde su perspectiva, y otros donde se combinen las perspectivas de vados de ellos.

Se prevén momentos de heteroevaluación a cargo exclusivamente de los maestros, las maestras y directivos, en los cuales utilizan sus criterios con amplios márgenes de libertad para evaluar a los demás actores del proceso.{

• Los actores del proceso educativo han de fomentar la autoevaluación, como proceso a través del cual cada actor pondera sus logros propios y sus resultados, y la coevaluación, donde, juntos, en actitud dialogante y crítica, mediada por el respeto, los actores aportan elementos, informaciones y criterios para la evaluación del grupo y de los logros alcanzados.

• La evaluación se considera como una propuesta de investigación para los/as educadores/as, os/as estudiantes y las diferentes instancias de la gestión curricular, pues pasa a ser un desafió constante a su capacidad para la observación, el análisis, la formulación y verificación de hipótesis y para integrar resultados En este sentido, se promoverá la metaevainación.

• La evaluación debe ser planificada, pero en el mareo de esa planificación ha de ser flexible, ya que el aprendizaje significativo, en tanto proceso personal, es distinto para cada estudiante debe tornar en cuenta las particularidades de cada sujeto y de cada grupo humano, valorar los aprendizajes programados, pero también los incidentales y tas dificultades que se observan en el proceso educativo, por los puntos de partida diferentes de los diversos actores.


PROPOSITOS DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN.

Art. 6. El sistema de evaluación tiene como propósitos:

• Contribuir al análisis de las características sociales, económicas, políticas y culturales del medio en que se desarrolla el proceso educativo, con e] fin de incorporar tales informaciones a dicho proceso y aportar al éxito de todos los sujetos que participen en él.

• Contribuir a que las transformaciones educativas, tanto en e1 diseño curricular, como en los desarrollos curriculares, estén cada vez mejor fundamentadas y adecuadas a las necesidades y características de los sujetos y los contextos.

• Valorar los aprendizajes de los/as estudiantes, relativos a informaciones, hechos, conceptos, procedimientos, valores, actitudes y normas fundamentales para la formación integral de los mismos, haciendo énfasis en los procesos en los que participan hasta obtener dichos resultados.

• Valorar la pertinencia de los desarrollos curriculares en relación a los propósitos del nuevo
curriculum, monitoreando los avances del proceso de Transformación Curricular, a fin de tomar decisiones que garanticen la introducción progresiva de las innovaciones que se proponen, y producir las adecuaciones necesarias.

• Contar con información válida y sistemática sobre el estado de la calidad de la educación en cada región y en el país, con la finalidad de tomar las medidas pertinentes para rnejorar la calidad del proceso educativo.

• Contribuir a la toma de conciencia acerca de la necesidad de participación de la familia, la comunidad y los/as propios/as estudiantes en todas las actividades del proceso de evaluación educativa.

• Utilizar los resultados de la evaluación educativa en la valoración de las políticas institucionales dirigidas a mejorar las condiciones de trabajo y la formación de los educadores y las educadoras.

• Determinar si el diseño curricular orienta adecuadamente las prácticas educativas que se intentan promover y si facilita atender a las características del curriculum, que se define como flexible, abierto y participativo.

• Valorar la calidad del trabajo que realizan los diferentes actores le los procesos educativos, con la finalidad de aportar a b continua superación y el perfeccionamiento profesional de los educadores y las educadoras, sistematizando y socializando las innovaciones generadas e introducidas por las maestras y los maestros en las prácticas de aula para elevar la calidad de la educación.

• Abrir espacios para la realización de investigaciones sobre la evaluación y sobre la calidad de la educación, como un medio para contribuir al desarrollo sostenible de la sociedad, la naturaleza y el pensamiento humano y desplegar una labor de comunicación en tomo a los avances y experiencias en evaluación entre todas las instancias e integrantes de la comunidad educativa.

FUNCIONES DEL SISTEMA DE EVALUACION.

Art. 7. Función Diagnóstica: permite obtener informaciones previas sobre las características iniciales de los actores del proceso educativo y de los contextos socioeconómicos y socioculturales de los cuales provienen, para incorporar las mismas en la programación del proceso enseñanza y aprendizaje. La función diagnóstica también se cumple con la identificación de las necesidades sociales que se pretende atender desde la educación, y con la definición clara del proyecto de sociedad al que se aspira.

Art. 8. Función Formativa: facilita determinar progresivamente los aprendizajes de los estudiantes y las estudiantes sobre hechos, conceptos, procedimientos, valores, actitudes y normas necesarios para participar con esto en el proceso educativo y el consiguiente desarrollo cognitivo, emocional y social.

Al educador y a la educadora les permite revisar constantemente su trabajo, mediante la autocrítica profesional y su participación en actividades de formación continuada. También favorece el seguimiento continuo de los desarrollos curriculares para ir estableciendo la pertinencia y adecuación del diseño curricular y de los medios y recursos utilizados en atención a las características de los actores y del contexto sociocultural.

Art. 9. Función de Control: permite la promoción de los estudiantes, así como valorar en qué medida se crean condiciones para hacer realidad la igualdad de oportunidades y la democratización de los procesos educativos. El cumplimiento de esta función permite ir estableciendo criterios claros sobre la calidad de la educación en su conjunto.

Art., 10. Función de Desarrollo de Criterios: Aportar a la instauración de una cultura de evaluación que potencialice una actitud crítica y la capacidad de propuesta permanente entre los actores educativos.

Art. 11. Función del Desarrollo Institucional: permite valorar la eficacia y eficiencia del sistema educativo como totalidad para el logro de sus finalidades y propósitos.

COMPONENTES DEL CURRICULUM A EVALUAR

Art. 12. El Sistema de Evaluación tiene la finalidades proporcionar una visión general de todo el proceso educativo, tomando en cuenta básicamente la política educativa; el diseño curricular; los desarrollos curriculares, a los educadores y educadoras, a los/as estudiantes; la gestión educativa y el centro educativo.

Art. 13 La Política Educativa: se valorará en qué medida la voluntad política se expresa en la consecución de los fines y propósitos de la educación dominicana.

Art. 14. El Diseño Curricular: entendido como el documento normativo y la estrategia generas que orienta las prácticas educativas en las diferentes instancias del sistema y que explícita los Fundamentos del Curriculum en sus diversos ámbitos, será evaluado con el propósito de determinar hasta qué punto orienta el trabajo de los educadores y las educadoras, si funciona como instrumento a partir del cual se programa el trabajo educativo en correspondencia con las concepciones asumidas (epistemológica, teleológica, axiológica y socioeducativa). En ese sentido, se determinará si dicho documento responde a las necesidades y características de la sociedad dominicana en su conjunto, y si atiende al principio de apertura y flexibilidad que permite adecuarlo a las regiones y los diferentes contextos en los que se desarrollan las prácticas educativas, todo esto tanto en la situación actual como en perspectiva.

Art. 15. El Desarrollo Curricular: a través de la evaluación de ‘os desarrollos curriculares se pretende:

a) Hacer avanzar los procesos de sistematización de las experiencias derivadas de la puesta en marcha del diseño curricular; b) Verificar si las prácticas educativas permiten ir satisfaciendo las necesidades en materia educativa de la sociedad dominicana, las regiones y las comunidades; e) verificando los avances de los maestros y las maestras para propiciar aprendizajes significativos, en el proceso de fomentar la investigación en la acción, en la socialización de experiencias para la mediación cultural, la educación es un proceso por el cual la sociedad elabora y transmite conocimientos, recupera experiencias acumuladas para su creación y enriquecimiento, contribuyendo así al desarrollo sostenible de la sociedad. De igual manera, como proceso de socialización, la educación, las manifestaciones culturales, locales, regionales, nacionales y universales, lo cual se concreta en el nuevo currículo cuando se refiere a necesidad (le adecuación que el mismo requiere para responder a los diferentes contextos, a las necesidades, características y expectativas de los sujetos del proceso educativo y a las de la sociedad de la que forma parte.

b) El curriculum es asumido como una estrategia educativa general para el desarrollo de las capacidades humanas y la transformación de los sujetos. Como fundamentación y orientación del proceso educativo, basado en los principios, concepciones y valores que definen la educación, y como una estrategia fundamental de la política educativa para el logro de sus propósitos. La concepción adoptada &obre la educación y el curriculum imprime las características básicas:

• Flexibilidad: porque deja abiertas las vías de adecuación a las particularidades e identidades a nivel local y regional, y permite la satisfacción de las necesidades, intereses y demandas de los/as estudiantes.
• Abierto: porque recoge permanentemente los avances de la ciencia, la tecnología el arte y está inserto en un proceso de construcción y reconstrucción permanente para ajustarse a la dinámica de los cambios económicos, sociales y culturales de la sociedad.

• Participativo: porque otorga a los actores del proceso educativo (maestros/as, estudiantes, directivos, miembros de la comunidad, padres, madres) la oportunidad de aportar, reflexionar y actuar. Asume a los actores como sujetos históricos, plenos de potencialidades y capacidades y recoge permanentemente las demandas de la sociedad y la cultura.

e) La Transformación Curricular se concibe como un movimiento socioeducativo orientado a elevar la calidad de la educación, a través de la puesta en ejecución de un diseño curricular pertinente a una realidad y a un momento histórico determinado Esta concepción implica una nueva visión de los sujetos de la educación, del conocimiento y el aprendizaje.

Los sujetos: las personas involucradas en los procesos educativos se conciben como sujetos, es decir, con posibilidades de construirse día a día, de participar desde su individualidad, subjetividad y sus experiencias, con responsabilidad y autonomía en la realidad social de la que forman parte ración progresiva de la calidad del trabajo educativo. La evaluación de los desarrollos curricular se permitirá además ir promoviendo las formas de gestión educativa que garanticen una real integración entre los centros educativos y las comunidades. De igual modo, permitirá la revisión y mejoramiento permanente del diseño curricular, con la participación de todos los actores de los procesos educativos.

Aprendizajes significativos, cognitivos, de valores, actitudes y prácticos, que influyen en b formación de sujetos democráticos y libres, en capacidad de dialogar permanentemente con la realidad cercana y lejana para proponer alternativas, tomar decisiones y solucionar problemas. La evaluación (le’ educador y la educadora permitirá ponderar la efectividad y la eficacia de sus:

• Planificaciones, y la forma en que éstas contribuyen al desarrollo adecuado de la
• Propuesta: curricular, así como la medida en que va mejorando en el desarrollo de nuevas estrategia de aprendizaje, en el logró de los propósitos formativos elevando la calidad de la educación.

El Párrafo 1: La evaluación del educador y la educadora se realizará tornando como base esencial el criterios asumidos en el perfil de los educadores y las educadoras establecidos para cada nivel y modalidad y, básicamente, sus dimensiones personal o antropológica, pedagógica y sociocultural.

Art. 17. Los Estudiantes y las Estudiantes: la evaluación permite a los estudiantes y a las estudiantes conocer sus capacidades y limitaciones, construir una imagen realista de sí mismo/a, plantearse metas viables para desarrollar sus capacidades cognitivas, afectivas, sociales y pláticas. Se evaluarán los conocimientos previos de los estudiantes y las ¿estudiantes, los saberse acumulados, las capacidades desarrolladas y las formas en que se articulan a la construcción de nuevos conocimientos, permitiendo el loro de los propósitos del proceso educativo para cada nivel, modalidad, ciclo, grado, áreas y/o asignaturas.

Art. 18. Para la evaluación del rendimiento de los/las estudiantes se tomará en cuenta ¡a redimensión de los contenidos asumida en el nuevo curriculum. Por tanto, para la valoración del rendimiento en cada asignatura o área se atenderán los aprendizajes de informaciones, hechos, conceptos y procedimientos, así corno el desarrollo de valores, actitudes y normas en correspondencia con los propósitos de cada nivel, ciclo, grado, áreas y los ejes transversales. Por esta razón, las variables, indicadores, criterios, fluentes y técnicas para la evaluación del/de la estudiante, no establecen la evaluación del ajuste personal y social por separado, sirio que la misma se hará, conjuntamente con la valoración de los aprendizajes en dichas áreas y/o asignaturas.

En tal sentido, en los ejes temáticos y los bloques de contenidos de cada área y ¡o asignatura y en los ejes transversales se incluyen los valores, actitudes y normas que se trabajarán para concretizar el perfil del egresado al que se aspira en cada nivel y modalidad, manteniendo así el carácter de integralidad y globalidad de los procesos educativos.

Art. 19. La Gestión Educativa: la evaluación valorará en qué medida la gestión educativa, a nivel central, regional, de distrito y de centro, se realiza en consonancia con la definición del mismo; es decir, si permite el establecimiento 4e un clima democrático. Participativo, d. libre reflexión, de permanente preocupación por la verdad y la igualdad de oportunidades, en beneficio de todos. Los actores, sin discriminación de clase social, raza, sexo, ideología política o religiosa. Determinará si en cada nivel se concretizan los perfiles definidos en los Fundamentos del Curriculum para cada instancia de la gestión.

Art. 20. El Centro Educativo: la evaluación del centro educativo se realizará tomando en cuenta las funciones que cumple como espacio importante de socialización de ciudadanos y ciudadanas, al propiciar procesos de construcción participativos y democráticos, en los que estudiantes, educadores, directivos, padres, madres, tutores, personal de apoyo y la comunidad encuentren espacios para la libre expresión y la participación responsable en todos los aspectos relacionados con la marcha satisfactoria del proceso de enseñanza y de aprendizaje. Esto implica determinar su mejor interacción con la comunidad, las condiciones que ofrece para propiciar aprendizajes significativos, la utilización de los recursos disponibles y el sistema de organización y control interno.

Párrafo 1: Para cada uno de los componentes curriculares a evaluar, se utilizarán matrices operativas. Se trata de un modelo estructurado que ofrece gráficamente el desglose del componente expresado en variables, dimensiones, indicadores, conceptos claves, fuentes de información, estrategias para acceder a los datos sobre el componente. Las matrices de los componentes están referidas en el currículo como instrumentos para su análisis.


INSTANCIAS QUE INTERVIENEN EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN CURRICU LAR.

Art. 21. Política Educativa: se evalúa desde la sede central hasta el centro educativo inclusive. A nivel central, el Secretario de Estado de Educación, los Subsecretarios de Estado de Educación los directivos de la Oficina de Planificación, el(los) Órgano(s) de alto nivel designados para tal efecto A nivel regional, distrital e institucional participan en la evaluación de la política educativa: los directores regionales, los supervisores distritales y los directores de centros educativos.

Art. 22. Diseño Curricular: en el nivel central, intervienen en la evaluación la Dirección General de Currículo, las dependencias de la Secretaría de Estado de Educación vinculadas al diseño curricular, en los árganos designados es para tales fines.

Art. 23. Desarrollo Curricular: la evaluación de este componente la hará a nivel central:

la Dirección General de Currículo, el Departamento de Evaluación Educativa, la Dirección General o Departamento encargado del nivel o modalidad en que se desarrolla el curriculum, los órganos y/ocomisiones que se formen para tales fines; la Dirección de Planificación Cualitativa de la Oficina de Planificación Educativa, la Dirección General de Supervisión Educativa y el Departamento de Colegios Privados. A nivel regional, distrital e institucional participarán los Directores Regionales, los Supervisores Distritales, los Directores de Centros, así corno los Consejos Regionales, los Consejos Distritales, las Comisiones de Construcción Curricular (CCC) distritales y de centros y los docentes.

Art. 24. Los Estu4jiántesllas Estudiantes: el /la maestro ¡a de cada nivel, modalidad, ciclo, grado, área y/o asignatura es el responsable de evaluar a los/las estudiantes conforme a las disposiciones establecidas en esta Ordenanza. Las calificaciones parciales, de fin de período, semestrales y de fin de año, obtenidas por los/as estudiantes, se consignarán en los registros de grados.

Párrafo 1: En el Distrito Educativo se registran y certifican las evaluaciones de los/as estudiantes inscritos en los centros escolares de su jurisdicción.

Párrafo 2: En las Direcciones Regionales se registran y certifican los resultados de las evaluaciones de los/as estudiantes registrados en los Distritos Educativos bajo su jurisdicción.

Párrafo 3: En la sede central intervienen en el proceso de evaluación de los/as estudiantes: el Departamento de Evaluación Educativa y el Departamento de Certificación, Titulo y Acreditación.

Art. 25, Educador/Educadora: su evaluación es responsabilidad del director o de la directora de centro y se complementa con la coevaluación de los/as compañeros/as docentes, la evaluación de los/as estudiantes y la de los padres y madres de éstos/as.

Párrafo 1: Los educadores y las educadoras que realizan funciones técnicas, serán evaluados/as por su superior inmediato a nivel de Distrito Educativo, de Dirección Regional, o de la dependencia en que laboran.

Párrafo 2: Los las Directores las Regionales serán evaluados por la Subsecretaría de Asuntos Docentes. Los las Directores Distritales serán evaluados por los ¡as Directores /as Regionales de los cuales dependen.

Párrafo 3: A nivel central el personal que ejerce funciones técnicas, será evaluado por sus superiores inmediatos.

Art. 26. La Dirección de General de Personal y el Departamento de Evaluación son las instancias responsables de velar por la aplicación de las políticas de evaluación de todo el personal docente, técnico y administrativo.

Párrafo 1: Todos los aspectos del proceso de evaluación de los educadores y las educadoras se realizan en el mareo de las disposiciones establecidas.

Art. 27. Gestión Educativa: se evalúa a nivel de centro escolar, de Dirección de Distrito Educativo, de Dirección Regional de Educación y de las dependencias de la Secretaría de Estado de Educación responsables de coordinar el nivel o modalidad a que corresponden los centros educativos.

Art. 28. Centro Educativo: será evaluado por el ha Director /a del centro, los ¡as educadores las, el la Supervisor ha del Distrito Educativo y las instancias de cogestión establecidas para apoyar los procesos de descentralización.

CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN DE LOS
ESTUDIANTES Y LAS ESTUDIANTES NIVEL INICIAL
VALORACIÓN DE LOS PROCESOS DE DESARROLLO Y APRENDIZAJE DE
LOS NIÑOS Y LAS NIÑAS DEL NWEL INICIAL (CERO A SEIS AÑOS).

Art. 29. Para la valoración de los procesos de desarrollo y de los aprendizajes de los niños y niñas del Nivel Inicial se deben tomar en cuenta los siguientes aspectos:

• Los distintos saberse que la niña trae de su entorno, sus condiciones biológicas, psicológicas y socioeconómicas.

• Todo niño o la niña experimenta y hace. Para valorar las actividades que realizan en los diferentes espacios, en el aula y fuera de ella, se tornará en cuenta qué hace, cómo lo hace, para qué lo hace, con qué, con quiénes, CÓTYIO se ha sentido, el esfuerzo realizado, la creatividad y la iniciativa demostrada.
• Cómo el niño y la niña se involucran en las actividades; su participación, su responsabilidad, cómo ponen en juego sus conocimientos previos para obtener nuevos aprendizajes, qué tipos de raciones establecen con las personas, los materiales y el entorno. o los resultados de los trabajos realizados por el niño y la niña, respetando las diferencias individuales.

• La asistencia de los ¡las niños ¡as al centro educativo, durante el año escolar.

Art. 30. La evaluación de los aprendizajes de los niños y las nulas del Nivel Inicial requiere un ambiente adecuado, disponer de materiales e instrumentos pertinentes al nivel, una actitud favorable hacia el proceso de parte de la educadora o el educador, el logro de una buena disposición de los niños y las niñas. El clima afectivo en el que se lleva a cabo la evaluación es fundamental e influye en los resultados, El ambiente y/o las condiciones que se creen en este sentido deben ser lo más naturales posibles, y donde se establezcan relaciones de confianza, apertura, seguridad y entusiasmo compartido.

En su perspectiva de proceso, la evaluación se realiza en cualquier momento, pues tiene carácter de continuidad y es parte de la práctica educativa cotidiana.

Párrafo 1: En el Nivel Inicial se reafirma la importancia de la realización de la evaluación diagnóstica para orientar el desarrollo del niño/a y continuar con la evaluación de procesos y resultados a fin de sistematizar progresivamente las experiencias de aprendizaje que ellos vas desarrollando.

Art. 31. Las técnicas e instrumentos a utilizar para evaluar los procesos de desarrollo y aprendizaje en el Nivel Inicial son variadas, entre las que podríamos citar:

a) Observaciones sistemáticas, utilizando los siguientes instrumentos:
• Escalas de desarrollo físico
• Registros de observaciones
• Escalas de observaciones
• Registros anecdóticos
• Registros diarios
• Listas de cotejo o control
• Escalas de valoración

b) Análisis de los trabajo.
• Juego libre
• Juegos de simulación
• Dramatizaciones
• Producciones prácticas y visuales
• Producciones orales
• Diálogos
• Puestas en común

e) Entrevistas a niños, niñas y familiares.

d) Informes sobre condiciones socioeconómicas y socioculturales, así como antecedentes de salud, antecedentes educativos, composición y dinámica familiar, entre otras.
e) ‘Técnicas sociométricas, para evaluar las relaciones interpersonales de niños y niñas en el grupo.

Art. 32. Los resultados del trabajo educativo del niño y la niña se traducirán en calificaciones que expresen el grado en que se hayan logrado los propósitos previstos, en coherencia con las características de los mismos, así como otros aprendizajes que hayan sido desarrollados por ellas y ellos. Se utilizará una escala de propósitos que especifique los logrados, medianamente logrados y los por lograr.

Propósitos Logrados: son aquellos previstos en la propuesta curricular del nivel, o formulados por el la educador ¡a en su programación, ante los que el ha niño ¡a responde adecuadamente, durante y al final del proceso.

Propósitos Medianamente Logrados: son aquellos contemplados en el currículo del Nivel, o formulados por el/la educador la en su programación y que el ¡la niño la no ha logrado parcialmente durante y aL final del proceso.

Propósitos Por Lograr: son aquellos contemplados en el diseño curricular del Nivel, o formulados por el/la educador la y que el/la niño /a no ha logrado durante y al final del proceso, a pesar de haberse creado diferentes situaciones de aprendizaje permanente. Se requiere seguir brindado estímulos variados en condiciones adecuadas.

Art. 33. En este Nivel los la niños las no serán reprobados.


NIVEL BÁSICO
VALORACIÓN DEL RENDIMIENTO DE LOS ESTUDIANTES Y LAS ESTUDIANTE EN EL NIVEL BÁSICO

Art. 34. De acuerdo con el perfil del egresado del Nivel Básico, los estudiantes y las estudiantes participan en los procesos de enseñanza y aprendizaje y son evaluados partiendo de los propósitos del Nivel, expresados en cinco dimensiones:

Formar sujetos capaces de:

• Construir permanentemente su identidad personal y social
• Construir sus conocimientos y saberse
• Desarrollar actitudes y destrezas para el trabajo
• Expresarse en formas diferentes

Art. 35. La valoración del aprendizaje de las/los estudiantes del Nivel Básico, se debe efectuar utilizando diversas técnicas e instrumentos, que evalúen el aprendizaje por proceso, acorde con los propósitos del nivel, los ciclos, los grados, las áreas y los ejes transversales. La evaluación de los propósitos de cada área se realiza mediante la valoración del aprendizaje de los contenidos definidos corno: hechos, datos, conceptos, procedimientos, valores, actitudes y normas.

Art.:36. El aprendizaje de los/as estudiantes de los programas de educación básica no formal será evaluado conforme a la reglamentación específica establecida para esos fines. Técnicas o Instrumentos de Evaluación

Art. 37. Pasa la evaluación del rendimiento de los y las estudiantes del Nivel Básico se tomarán en cuenta:

• Los trabajos individuales
• La participación en los trabajos en equipo
• La participación en actividades de aprendizaje cooperativo
• Las actitudes y destrezas para el trabajo
• Los resultados de pruebas
• La elaboración de carpetas o portafolios

Art. 38. Los trabajos individuales se consideran como aquellas actividades que los estudiantes realizan en forma individual, tanto en el aula como hiera de ella. Los trabajos individuales son de gran importancia, porque dentro de los propósitos generales del Nivel Básico se persigue que los/as estudiantes construyan permanentemente su identidad personal y social y desarrollen capacidades para el aprendizaje autónomo. Para la valoración de los trabajos individuales se tomará en cuenta el logro de los propósitos del grado y área de que se trate, la calidad de la participación, la creatividad, el esfuerzo y la responsabilidad demostrada por los/as estudiantes.

Art. 39. Los trabajos en equipo son las actividades que el ha educador /a y los /as estudiantes realizan de manera conjunta en el centro educativo o en su entorno natural y social, en correspondencia con la programación formulada. El trabajo en equipo permite valorar el intercambio de experiencias, fomentando la socialización, el respeto mutuo, la solidaridad y el compañerismo, entre otros valores.

En la valoración de los trabajos en equipo o cooperativos se tomarán en cuenta el nivel de logros de los propósitos propuestos para el grado o área, la participación, el esfuerzo, la creatividad, el compañerismo, el respeto mutuo, la iniciativa y la responsabilidad demostrada por los estudiantes y las estudiantes.

Art. 40. Las actitudes y destrezas para el trabajo deben evaluarse en el Nivel Básico de modo interrelacionado, de manera que las dimensiones afectiva e intelectual de las mismas permitan desarrollar una cultura del trabajo, articulando con experiencias generadas en el mundo del trabajo, fortaleciéndolas como elemento liberador de los seres humanos y como medio para la realización personal y social.

Para la valoración de las actitudes y destrezas para el trabajo, se debe tomar en cuenta el nivel de logro de los propósitos formulados para el nivel, ciclo y área, y su carácter formativo, partiendo de los aspectos siguientes: responsabilidad, respeto, autoestima, compañerismo y otros.

Art. 41. Resultados de pruebas: las pruebas son instrumentos de medición para determinar de forma progresiva hasta qué punto los estudiantes han logrado los propósitos del nivel, ciclo, grado y área de que se trate. Para la valoración de los aprendizajes en el primer y segundo grados de la Educación Básica, se deben tomar en cuenta los trabajos individuales y en equipo. No se aplicarán pruebas para asignar calificaciones con fines de promoción, ya que las mismas dependen de la evaluación continua realizada por el maestro y la maestra. Otorgamiento de Calificaciones.

Art. 42. Asignación de calificaciones: los resultados de la aplicación de las diferentes técnicas e instrumentos de evaluación, se traducirán en calificaciones que deben expresar el nivel de desarrollo integral alcanzado por los/as estudiantes en el proceso de aprendizaje.

• Para los efectos de calificación se utilizará la escala numérica de O a 100 puntos.
• Las calificaciones se deben asignar tornando en cuenta lo siguiente:

a) E progreso evidenciado por los estudiantes y las estudiantes a través del proceso de aprendizaje.
b) Los resultados de la auto evaluación y Ja coevaluación, para las cuales se orientara oportunamente sobre el instrumentos específicos que permitan recopilar y organizar informaciones para estos fines.

Art. 43. Las calificaciones asignadas por los educadores y las educadoras a los estudiantes, serán de tres tipos: parciales, de fin de periodo y de fin de año.

Art. 44. Las clasificaciones parciales, son aquellas que resultan de la valoración del trabajo realizado por el estudiante y la estudiante dúrame un período de tiempo, determinado por el maestro. Deben torgarse en base al promedio de las calificaciones asignadas a partir de actividades individuales, participación el/los trabajos en grupo, realización de tareas diarias, pruebines, informes por lo menos; cuatro (4) calificaciones parciales establecido en el calendario escolar.

Art. 45. Las calificaciones de fin de período serán el promedio de las calificaciones parciales y de la prueba de fin de periodo,

Párrafo 1: En los grados primero y segundo del Nivel Básico, las calificaciones de un de período deben ser el promedio de las calificaciones parciales. La calificación de fin de año será el resultado del promedio de las dos calificaciones de fin de periodo.

LAS PROMOCIONES

Art. 46. Las Promociones. Para la promoción de los ¡as estudiantes del Nivel Básico se tomará en cuenta: el rendimiento en cada una de las áreas, el logro de los propósitos referidos a los ejes transversales y la asistencia a clase.
Art. 47. La promoción de los /las estudiantes de ler. y 2do. Grados no estará condicionada por los resultados de las pruebas y las calificaciones obtenidas. No se contempla la renitencia en esos grados.

Párrafo 1: Los maestros y maestras darán seguimiento al proceso de aprendizaje de esos niños y niñas, durante un período de dos años, por lo que el/la maestro/a de primer grado continuaría trabajando’ con su grupo de nulos en el 2do. Grado, preferiblemente.

Párrafo 2: La maestra y el maestro de 3cr. Grado al recibir al grupo de niños y niñas, hará una evaluación diagnóstica, orientado por el/la maestro/a de los primeros dos grados para, tomando en cuenta sus niveles de desarrollo, adecuar el proceso a las características de los mismos.

Art. 48. Al finalizar el segundo periodo del calendario escolar será promovido al grado inmediato superior el ha estudiante cuya calificación de fin de año sea igual o superior a 65%, en todas las áreas contempladas en el curriculum del grado y que haya acumulado un 80% o más de asistencia a clases.

Art. 49. Será aplazada la promoción del estudiante o de la estudiante cuya calificación de fin de año sea inferior a 65 puntos en hasta tres áreas.

Párrafo 1: Los/as estudiantes aplazados/as participarán en pruebas completivas en las áreas reprobadas.

Art. 50. Será reprobado o repetirá el grado el/la estudiante, cuya calificación de fin de año sea inferior a 65 puntos en cuatro o mas áreas

Art. 51. Repetirá el grado el la alumno la que al finalizar el año escolar haya acumulado más del 20% de inasistencia a clases sin causas justificadas.

Párrafo1: Se consideran causas justificadas de inasistencia a clases:

• Enfermedades debidamente certificadas
• Accidentes que produzcan incapacidad temporal
• Muerte del padre, madre, tutor la, o hermanos las
• Otras causas de fuerza mayor, consideradas válidas por la dirección del centro educativo.

Art. 52. Será promovido al grado inmediato superior después de concurrir a las pruebas completivas, el/la estudiante que obtenga en las pruebas calificación igual o superior a 65 puntos en cada una de las áreas examinadas.

Art. 53. Será reprobado y repetirá el/la estudiante que obtenga en las pruebas completivas calificaciones inferiores a 65 puntos en cualquiera de las áreas examinadas.

PRUEBAS NACIONALES

Art. 54. Al concluir el Nivel Básico, los estudiantes participan en Pruebas Nacionales como requisito para su promoción a] Nivel Medio.

Art. 55. En el 8vo. Grado, objeto de Pruebas Nacionales, laS calificaciones de fin de año representarán el 70% y las obtenidas en Pruebas Nacionales el 30%. La asistencia a Pruebas Nacionales de todos/as los/as estudiantes de 8vo. Grado es obligatorio.

Párrafo 1: Las Pruebas Nacionales se purificarán y elaborarán en correspondencia con los propósitos de las áreas en 1 as que éstas se apliquen, los contenidos básicos comunes y los procesos pedagógicos definidos en el currículo.

NIVEL MEDIO, PRIMER CICLO Y MODALIDAD GENERAL.
LA EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO DE LOS ESTUDIANTES Y LAS
ESTUDIANTES EN EL NIVEL MEDIO, PRIMER CICW Y MODALIDAD
GENERAL

Art. 56. La evaluaci6n de los aprendizajes de los estudiantes y las estudiantes del Nivel Medio se realizará & manen integral y continúa en las áreas y/o asignaturas de cada uno de los grados y semestres del Nivel, tomando en cuenta los siguientes criterios:

a) Aprendizajes logrados en correspondencia con los propósitos del Nivel y las funciones del mismo: social, formativa y orientadora.
b) Relación entre la situación socioeconómica y cultural, los procesos educativos y los aprendizajes logrados.
c) Nivel de dominio de los contenidos y competencias desarrolladas en los procesos de enseñanza y aprendizaje, en correspondencia con los propósitos del nivel y las funciones del mismo.
d) Nivel de reflexión, criticidad y capacidad de formular propuestas y asumen los/as estudiantes ante las diferentes situaciones que se le plantean.
e) Cumplimiento de los requisitos establecidos para la promoción en las asignaturas y/o áreas, semestre, grado, ciclo y nivel, tomando en cuenta el dominio de los contenidos de cada área o asignatura, definidos como datos, hechos, conceptos, procedimientos, valores, actitudes y normas.
f) lnterioiizacion y manifestación progresiva de valores, actitudes y normas en el perfil del egresado del Nivel.
g) Nivel de relación consigo mismo (a), con el grupo. El centro y la comunidad, tomando en cuenta su:

• Integración a pequeños grupos, al curso y al centro.
• Realización personal y social,
• Disposición y realización de trabajos escolares y comunitarios.
• Participación en las actividades desatolladas en o con la comunidad en vinculación con el centro.

h) Asistencia continúa a clases.

TECNICAS E INSTRUMENTOS DE VALORACION.

Art. 57. La información sobre los procesos y resultados de los aprendizajes. se obtendrá mediante la utilización de técnicas e instrumentos de apreciación en las dimensiones afectivas, sociales. Cognitivas y prácticas. Se entenderá por técnicas e instrumentos, el conjunto do herramientas pedagógicas que utilizarán el la profesor/a, los/las estudiantes. Las madres y los padres durante el proceso educativo y al final de éste, para valorar los aprendizajes previstos en los propósitos, cuya valoración será reflejada en una calificación acumulada rnediante la aplicación de evaluaciones continuas y sumativos. Entre las técnicas e instrumentos de evaluación a utilizar se proponen:

a) La observación directa individual y grupal, de procesos y de productos. Realizada por el educador y la educadora: heteroevaluación.
b) La valoración crítica del trabajo propio: auto evaluación.
a) e) La valoración colectiva do los trabajos realizados en el aula por los/las estudiantes y los (las) maestros (as): coevaluación.
c) Pruebas orales. Escritas y prácticas.
d) Escalas de valoración del objeto individual y en grupo.
e) Las producciones y creaciones de las estudiantes y los estudiantes.
h) La valoración del trabajo individual y grupal realizada por el Consejo de Curso.

Párrafo 1: Partiendo de matrices se definirán criterios a juzgar al grado en que se han alcanzando los prop6sitos de las áreas, asignaturas y de los ejes. En efecto, al evaluar cada actividad se debe procurar la identificaci6n del mayor número de evidencias sobre el nivel del aprendizaje adquirido.

CALIFICACION DEL RENDIMIENTO.

Art. 58, La valoración del rendimiento de los 4n ‘estudiantes será traducido en calificaciones que expresen los niveles de aprendizajes previstos en los propósitos de cada área y/o asignatura.

Art. 59. Para efectos de caliticaci6n se utilizará la escala numérica de O a 1OO puntos. Para
Escala numérica se expresa en su equivalente literal que se detalla a continuación:

A 90lOO Excelente B 8089 Muy Bueno C 7079 Bueno D – 0 69 Deficiente.

Art. 60. Las calificaciones obtenidas por el/la estudiante en cada asignatura y/o área. y registrada por el/la profesor la serán de dos tipos: parciales y de fin de semestre. Además habrá calificaciones completivas para las asignaturas las áreas que le resulten promovidas al finalizar el semestre.
Art. 61. Calificación parcial: serán el resultado de h valoración de los aprendizajes logrados durante los procesos de enseñanza y aprendizaje. Se otorgará en base al promedio de las calificaciones asignadas a cada actividad de evaluación realizada durante los procesos de enseñanza y de aprendizaje. Esas actividades podrían ser participación activa en clase, investigaciones, repones de lecturas, proyectos informes, practicas diversas, trabajos de campo, discusiones, participación en las actividades del centro educativo y la comunidad, participación en las actividades del Programa de Servicio Social Estudiantil, relaciones interpersonales valores y actitudes.

a) En cada semestre se registrarán por lo menos cuatro (4) parciales y una correspondiente a una prueba de fin de semestre.

b) El promedio de las calificaciones parciales de cada semestre tendrá un valor del 70 por ciento de las mismas.

c) Las calificaciones obtenidas en las pruebas de fin de semestre tendrán un valor de 30 por ciento Es indispensable la participación de tos estudiantes en esta experiencia para el registro completo del proceso de evaluación.

Art. 62. La Calificación de fin de semestre: será el resultado de la suma de las calificaciones parciales (70%) y la calificación de la prueba de fin de semestre (30%).

LA APROBACION DE ASIGNATURAS.

Art. 63. Aprobadas las asignaturas y/o áreas cuya calificación de fin de semestre sea igualo superior a 1O puntos.

Art. 64. Repetirá el área o asignatura el/la estudiante que al finalizar el semestre haya acumulado más del 20% de inasistencia a clases sin causas justificadas.

Párrafo 1: Se considera causas justificadas (le inasistencia clase; las enumeradas en el párrafo 1 de l artículo 51 de la presente Ordenan Art. Serán presentadas en Pruebas Completivas las asignaturas y/o áreas cuya calificación de fin de semestre sea igual o inferior a 69%. Las Pruebas Completivas tendrán un valor de 50% y se aplicarán en el periodo que se especifique en el calendario escolar, El promedio de las calificaciones parciales obtenidas durante el semestre, representará el otro 50%,

Párrafo 1: Serán aprobadas en Pruebas Completivas las asignaturas y/o áreas cuya calificación promedio sea igual o superior a 70 puntos.

Art. 66. Las asignaturas o áreas no aprobadas en las Pruebas en el primer o segundo semestre de un grado, serán examinadas en Pruebas Extraordinarias, las cuales se aplicarán en las fichas establecidas en el calendario escolar, Estas pruebas tendrán un valor del 70% y el restante 30% del promedio de las notas parciales obtenidas durante el semestre en la asignatura de que se trate. La calificación mínima aprobatoria es de 70 puntos.

LAS PROMOCIONES.

Art. 67, Será promovido de un grado al inmediatamente superior, el/la estudiante que haya aprobado todas las asignaturas y/o áreas establecidas para el grado.

Art. 68. Repetirá el grado el/la estudiante que haya reprobado cuatro (4) o más asignaturas y/ó áreas del mismo grado.

Art. 69. Será promovido condicionalmente el/a estudiante que haya reprobado hasta tres (3) asignaturas y/o áreas del grado, las cuales según reenviadas al siguiente grado, debiendo ser aprobadas antes de la conclusión del primer semestre el grado al cual fue promovido condicionalmente, Estas áreas o asignaturas serán presentadas en Pruebas Especiales, que tendrán un valor de 100% y la calificación mínima aprobatoria será de 70 puntos.

Párrafo 1: El/la estudiante promovido/a condicionalmente deberá participar en un programa especial de recuperación establecido en el calendario escolar antes de presentarse a la prueba correspondiente, enla fecha que se establezca en el calendario escolar,

Art. 70. Repetirá el grado del cual fue promovido condicionalmente, el/la estudiantes que después de las acciones de recuperación y las Pruebas Especiales no alcanzare la aprobación de las asignaturas.

REQUISITOS PARA LA OBTENCION DEL TITULO DE BACHILLER.

Art. 71. Se establecen como requisitos para obtener el titulo de Bachiller en cualquiera de las modalidades del Nivel Medio:

a) La aprobación de todas las asignaturas o áreas contempladas en el Plan de Estudio de) primer ciclo del Nivel Medio y las del segundo de lo de la modalidad elegida.

b) La aprobación de las Pruebas Nacionales en el segundo grado del segundo ciclo, con un valor de 30%. Las Pruebas Nacionales se planificarán y elaborarán tomando en cuenta el contenido de la Ordenanza 1‘95 que establece el curriculum a partir del año escolar 19951996.
c) La realización del Servicio Social Estudiantil valorada en el segundo grado del segundo ciclo, mediante la participación de los y las estudiantes en los trabajos. Estos trabajos serán coordinados por ti centro educativo y debidamente orientado y certificados por el mismo.

NIVEL MEDIO, MODALIDAD TÉCNICOPROFESIONAL LA EVALUACION DEL APRENDIZAJE DE LOS ESTUDIANTES Y LAS ESTUDIANTES EN LA MODALIDAD TECNICO PROFESIONAL.

Art. 72. La evaluación del aprendizaje en la Modalidad Técnico Profesional será continua o de
proceso. Enfatiza en la formación integral de el/la estudiante y toma muy en cuenta la evaluación de competencias intelectuales, sociales y prácticas desarrolladas por ellos y ellas en base a los perfiles ocupacionales de las menciones. Enfatiza también en el logro de los propósitos del nivel, ciclo formativo, de la asignatura y de la unidad de aprendizaje de que se trate. La evaluación se considera en la modalidad como un sistema integrado que pasa por diferentes momentos: diagnóstico, de proceso, de producto y de impacto.

Párrafo 1: En sus diferentes momentos la evaluación es conativa porque permite introducir cambios que aseguren el logro de los propósitos previstos, así como la calidad esperada en el Nivel. Se introducirá la auto evaluación y la coevaluación a fin de dar mayor participación y dinamismo.

En efecto, por la naturaleza de la modalidad la evaluación toma en cuenta el desarrollo de las
habilidades y destrezas que requiere un desempeño ocupacional óptimo, en base a un programa de prácticas que define previamente, al mismo tiempo que toma en consideración la propia evaluación, la auto evaluación y también la evaluación sistemática realizada por tos educadores y las educadoras o heteroevaluación.

LA EVALUACION DEL RENDIMIENTO DE LOS ESTUDIANTES Y LAS ESTUDIANTES EN LA MODALIDAD TECNICO PROFESIONAL

Art. 73, La evaluación del rendimiento de el/la estudiante en las asignaturas de la especialidad, se hará en forma integral y tomando en consideración los aspectos siguientes:

a) Valores y actitudes.
b) Habilidades, destrezas y capacidades para utilizar, crear, innovar según los avances tecnológicos y científicos.
c) Integración y cooperación con el medio que le rodea.
d) Participación para establecer relaciones del centro educativo con la comunidad.
e) Los trabajos individuales y grupales.

OTORGAMIENTO DE CALIFICACIONES.

Art. 74. La evaluación en la Modalidad Técnico Profesional se realiza con los lineamientos generales de la Transformación Curricular, tanto en lo que concierne a competencias sociales, intelectuales y prácticas, 00010 en las que definen el perfil del egresado en cada mención. Por consiguiente, la valoración del rendimiento en esta modalidad difiere de la Modalidad General en La valoración de competencias ocupacionales Por esta razón, se consideran las asignaturas de las especialidades en dos bloques:

• Asignaturas de naturaleza teórica.
• Asignaturas de naturaleza práctica.

Párrafo 1: 1 .as asignaturas de naturaleza teórica, como especializadas, se evaluarán de acuerdo con los criterios establecidos para & Primer Ciclo y la Modalidad General. Las asignaturas técnicas especializadas de naturaleza práctica se evaluarán en base a tareas, de acuerdo al perfil ocupacional de cada mención.

Párrafo 2: El banco de tareas se define como un conjunto de ejercicios, en cantidad y calidad,
requeridos en cada asignatura práctica, y que representa la parte del perfil ocupacional del egresado, con propósitos del plan de estudio correspondiente.

EL REGISTRO DE CALIFICACIONES PARA ASIGNATURAS PRÁCTICAS.

Art. 75. Las asignaturas prácticas se evaluarán por tareas. Cada tarea se evaluará independiente de la otra. Las calificaciones se asentarán en la hoja de registro correspondiente si el alumno logra el mínimo de 65 puntos. De lo contrario deberá someterse a pruebas y/o tareas complementarias de recuperación.

Párrafo 1: La evaluación de las asignaturas prácticas se basa fundamentalmente en la observación directa, utilizando escalas de valoración que orientarán los procesos de retroalimentación requeridos pata el dominio de cada tarea. Las escalas de valoración permitirán ir evaluando el desarrollo progresivo de las competencias establecidas para el aprendizaje de cada tarea y/o asignatura.

Art. 76. Corno parte de la evaluación en la Modalidad Técnico Profesional, se aplicarán pruebas complementarias, tarea por tarea, después de las acciones de recuperación. Las tareas que no se aprueben en este proceso, podrán ser evaluadas en pruebas especiales al inicio del siguiente semestre, siempre y cuando el estudiante quede en condición de promovido condicionalmente,

Art. 77 Al final de cada semestre se sumarán las calificaciones obtenidas por el o a estudiante en las tareas aprobadas. Si el total es de 65 puntos o más, la asignatura se considera aprobada, si oscila entre 40 y 64 puntos, se considera promovido donde, onalmente y si es menor que 40 puntos, queda reprobada.

Art. 78. Las asignaturas especializadas eminentemente prácticas, se evaluarán en las prácticas de taller, prácticas de campo y laboratorio, Estas asignaturas serán calificadas en una escala de cero (O) a l00 a puntos, distribuidos en tantas evaluaciones como tareas se establezcan para su desarrollo.

LAS PRUEBAS NACIONALES

Art. 79. Las Pruebas Nacionales de conclusión de la Educación Técnico Profesional serán un
requerimiento de evaluación obligatoria y constan de:

• Pruebas teóricas
• Pruebas prácticas.

Art. 80. Las Pruebas Nacionales prácticas serán evaluadas tarea por tarea en cada asignatura. Los estudiantes que se reprueben en una asignatura sólo serán evaluados, en la próxima convocatoria, en las tareas que no hayan aprobado.

Párrafo 1: Las pruebas teóricas se realizarán con los mismos criterios de la Modalidad General.

LAS PROMOCIONES.

Art. 81 Será promovido inmediatamente al superior, el/la estudiante que haya aprobado todas las asignaturas y/o áreas establecidas para el semestre.

Art. 82. Será promovido condicionalmente el/la estudiante que haya reprobado hasta tres (3) asignaturas y/o áreas del semestre cursante, siendo transferidas al semestre siguiente. Las asignaturas transferidas deberán ser aprobadas antes de la conclusión del mismo, mediante una prueba que tendrá un valor de 70% el cual se agrega a un 30% de la nota alcanzada en el semestre. La calificación mínima aprobatoria es 70 puntos.

Art. 83. El/la estudiante promovido/a condicionalmente, deberá participar en un programa especial de recuperación establecido en el calendario escolar.

Art. 84. Repetirá el semestre, al cual fue promovido condicionalmente, el/la estudiante que después de haber participado en las acciones de recuperación y la prueba completiva no alcanzara la calificación de 70 puntos.

Art. 85. Repetirá el semestre el/la estudiante que haya reprobado más de tres (3) asignaturas y/o áreas de las correspondientes a un semestre.

REGISTRO DEL RENDIMIENTO ACADEMICO DE LOS/LAS ESTUDIANTES.

Art., 86. La hoja de control del desarrollo general del la estudiante, Los centros educativos llevarán el control del desarrollo general de el/la estudiante, Las observaciones y datos se registrarán en planillas para sistematizar los resultados que se obtengan a través del proceso en evaluación continua.

REGISTRO ACUMULATIVO.

Art. 87, En los créditos de enseñanza de educación técnica se Nevará un registro acumulativo general de cada estudiante. Así. Si el/la estudiante que al trasladarse a otro centro educativo de naturaleza, podrá convalidar sus estudios en la unidad correspondiente de la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos.

LA VALORACION DEL RENDIMIENTO DE LOS/LAS ESTUDIANTES EN LA
MODALIDAD DE EDUCACION DE ADULTOS.

Art. 88. Para rechazar la evaluación del estúdiante y de la estudiante adulto/a acorde a las características del nuevo curriculum el educador y la educadora debe lomar en cuenta a estudiante y la estudiante como ser integral, es decir, conocer sus capacidades, limitaciones y necesidades individuales, así corno el entorno en que se desenvuelve como individuo y como ser social. En el proceso educativo es necesario atender a la población a la que está dirigida la educación de adultos/as, de acuerdo con las especificidades de los grupos de ambos sexos que a componen: jóvenes de 14 a 8 años y adultos/as entre 19 y 65 años.

Párrafo 1: Los participantes de la educación de adultos/as tienen, entre otras. Las siguientes
características:

• Son portadores /as de un cúmulo de experiencias y poseen una determinada visión del mundo.
• Son maduros ¡as orgánicamente.
• Desempeñan papeles que implican compromisos sociales, familiares, políticos y/o religiosos.
• Poseen conocimientos, habilidades, destrezas, valores y actitudes que les facilitan la integración de nuevos aprendizajes; aunque también expresan deficiencias acumuladas por falta de oportunidades económicas, sociales y culturales que limitan sus competencias.
• Tienen, en muchos de los casos, responsabilidades en el mundo del trabajo y/o familiares.

Tienen actitudes Favorables y con mayores niveles voluntariamente a procesos de formación y capacitación.

VALORACION DEL RENDIMIENTO DEL/LA ESTUDIANTE ADULTO/A.

Art. 89, La valoración del aprendizaje integral de los y las estudiantes adultos/as se realzará tomando en cuenta los siguientes aspectos:

a) Conocimientos previos.
b) Aprendo.4jes de hechos, conceptos, procedimientos valores, actitudes normas que desarrollan en correspondencia con os propósitos de cada ciclo, área y de los ejes transversales.
e) Habilidades y destrezas sistematizadas o desarrolladas en el transcurso del proceso educativo.
d) Resultados de pruebas

Art. 90. Las técnicas e instrumentos mediante los cuales se realizará a auto evaluación, la Coevaluación y la heteroevauacion serán las siguientes:

• Observación directa
• Registro anecdótico
• Lista de cotejo
• Análisis de casos
• Informes e Entrevistas
• Cuestionarios
• Autobiografías
• Pruebas
Art. 91. Los conocimientos previos que los/as estudiantes adultos/as poseen, tanto en el aspecto cognoscitivo, como en lo referente a las competencias técnicas. Serán evaluados siguiendo los criterios establecidos en los propósitos de la modalidad. De cada área, con la finalidad de:

• Determinar los conocimientos previos de los y las estudiantes en correspondencia con los propósitos de la modalidad Y de las diferentes áreas y los ejes transversales.
• Acreditar o certificar tos conocimientos que poseen los participantes en las áreas o asignaturas que integran el curriculum.
• Tomar decisiones con relación a la programación a desarrollar.

Párrafo 1: La forma de acreditación de los conocimientos previos y las competencias serán especificados en el Reglamento de Evaluación.

Art. 92. Las actividades que los estudiantes y las estudiantes realizarán en forma individual, tanto en el aula como fuera de ella, también serán tomadas en consideración para fines de evaluación. Las actividades individuales adquieren gran relevancia, pues se contempla un tiempo de auto estudio no presencial, que se evaluará a través de las respuestas formuladas, siguiendo guías de estudio elaboradas para esos fines. El área de formación para el trabajo también se evaluará de forma individual, mediante trabajos prácticos relacionados con el área de formación y una prueba escrita, mediante la cual los estudiantes y las estudiantes demuestren que poseen los conocimientos teóricos requeridos para desarrollar una determinada competencia técnica y los conocimientos prácticos necesarios para realizar las tareas.

Art. 93. Los trabajos en equipo, o sea, las actividades grupales que el ha educador la y los las estudiantes acuerden realizar en el aula o fuera de ella y que respondan a la programación de actividades, también serán tornadas en cuenta para fines de evaluación.

Art. 94. Se evaluará el forma individual el desarrollo de las destrezas que posean los/as estudiantes en una determinada área técnica, mediante la observación y registro de su desarrollo y durante el proceso y la aplicación de pruebas prácticas. La mayoría de los/as a adultos/as poseen una experiencia laboral, relativa a los más vanados campos del saber. Se contempla la posibilidad de acreditar tales aprendizajes, aún cuando sea necesario, en algunos casos, sistematizados y reforzarlos en base a cursos cortos.

Art. 95. La Educación de Adultos/as, tanto formal como norma, aprovechará las diferentes actividades de formación, que de manera regular u ocasional, ofrezcan instituciones de educación para el trabajo, para la salud, de educación ambiental y para la vida familiar, entre otras.

Párrafo 1: Para acreditar las actividades de formación de la educación no formal, se exigirá la certificación de las mismas y además se utilizará la evaluación diagnóstica.

Art. 96. Aplicación de pruebas: las pruebas son instrumentos de medición elaborados y aplicados por el maestro y la maestra para determinar en forma progresiva, el nivel de logro de los propósitos del proceso de aprendizaje. Para mantener la coherencia con la concepción de la Educación de Adultos/as que se asume en el diseño curricular, la aplicación de pruebas se hará sólo en los momentos que se considere imprescindible.

ASIGNACION DE CALIFICACIONES.

Art. 97. Los resultados de la aplicación de las diferentes técnicas e instrumentos de evaluación se traducirán en calificaciones que expresen el nivel de desarrollo integral alcanzado por los y las estudiantes en los procesos de aprendizaje, en correspondencia con los propósitos del subsistema, de cada ciclo y área y de los ejes transversales.

Párrafo 1: El primer ciclo los criterios de evaluación excluyen la escala numérica en la asignación de calificaciones, lo cual se especificará en el Reglamento de Evaluación.

Párrafo 2: El 2do. Y 3er. ciclo de la educación básica de adultos/as para la asignación de calificaciones se utilizará la escala numérica de cero (O) a cien (lOO) puntos. t as calificaciones serán asignadas tomando en cuenta tres tipos de evaluaciones:

A) Una heteroevaluación.
B) Auto evaluación.
C) Coevaluación.

Párrafo 3: La auto evaluación y la coevaluación tendrán un peso no mayor de 20% de la calificación total y se realizarán en base a criterios previamente establecidos,

Art. 98. Las calificaciones asignadas a los estudiantes y las estudiantes serán: Parciales, de fin de Periodo (Semestre) y de Fin de Ciclo. Además, Pruebas Completivas para los estudiantes que no sean promovidos al finalizar el ciclo.

Párrafo 1: Al finalizar el 3er ciclo al estudiante se le aplicarán Pruebas Nacionales.

Art.99, Calificaciones Parciales: se asignarán un mínimo de tres calificaciones parciales en cada semestre, como resultado de la valoración del trabajo realizado por los estudiantes y las estudiantes durante dicha etapa del proceso de aprendizaje. Pan asignar estas calificaciones se tomarán en cuenta los taso realizados en el aula. Tanto individuales como grupales, informes de actividades realizadas, aplicación de pruebas de conocimiento y los valores y actitudes desarrolladas conforme al logro de los perfiles deseados.

Art. 100. Calificaciones de Fin de Período: se aplicarán al final de cada semestre y son el resultado del promedio de las calificaciones parciales asignadas durante el semestre.

Art. 101. Calificación de Fin de Ciclo: En el segundo ciclo será si el resultado del promedio de las cuatro calificaciones semestrales alcanzas durante el ciclo, y una prueba de fin de ciclo. En el Terca Ciclo las calificaciones de finalización del Nivel Básico de adultos/as, serán el resultado del promedio de las dos calificaciones de fin de semestre con un valor de 70% y las Pruebas Nacionales con un valor de 30%, resultando indispensables ambas experiencias.

LAS PROMOCIONES.

Art. 102. En la Educación tic Adultos/as, para fines de promoción, se tomará en cuenta el nivel de los logros alcanzados por los estudiantes y las estudiantes en cuanto a su desarrollo integral. Los/as estudiantes adultos/as serán promovidos/as en el momento en que el educador o la educadora, previa evaluación realizada en las diferentes áreas y ciclos, determine que los mismos han integrado los conocimientos. Habilidades y destrezas necesarias, así como el desarrollo de valores, actitudes y normas de acuerdo a lo que se establece en los propósitos de cada área y ciclo.

Art. 103. Será promovido al ciclo inmediato superior el/la estudiante adulto/a cuya calificación de fin de ciclo, sea igual o superior a 65 puntos en las tres áreas contempladas en a propuesta curricular para la Educación de Adultos/as.

Art. 104. Será promovido condicionalmente en el primer y segundo ciclos, el/la estudiante adulto/a que repruebe hasta tres asignaturas en cualquiera de las áreas contempladas en la propuesta curricular de Educación de Adultos. El/la estudiante en esta situación irá a recuperación.

Párrafo: La recuperación se hará a través de tina tutoría de tres horas semanales, durante tres (3) semanas, con la finalidad de que superen las deficiencias que presentaron al momento de aplicarse la prueba de fin de ciclo. Luego de la recuperación, se le aplicará una prueba completiva con un valor de 50%. La calificación de fin de año obtenida representará el 50% restante, para fines de promoción.

Art. 105. Los/as estudiantes que reprueben cuatro o más asignaturas del semestre del ciclo que estén cursando.

Art. 106. El/la estudiante de Educación de Adultos/as que en el tercer Ciclo alcance 65 puntos como resultado del promedio del 70% o más de la evaluación (heteroevaluación, coevaluación y auto evaluación en los dos semestres, y el 30% conferido a las Pruebas Nacionales, se considerará egresado del Subsistema.

LOS CERTIFICADOS Y LAS CERTIFICACIONES.

Art. 107, 1 .08/as estudiantes de Educación de Adultos/as recibirán una certificación al final de cada semestre y un certificado al final de cada ciclo que acredite la promoción del mismo.

Art. 108. Al final del Nivel I3ásico de Educación de Adultos/as (3e ciclo), recibirán un título que acredite la conclusi6n de dicho nivel.

Art. 109. Se otorgarán certificaciones de los cursos cortos de educación para el trabajo y no formal (presénciales o no presénciales), siempre que se impartan en instituciones oficiales o reconocidas por la Secretaría de Estado de Educación.

EDUCACION ESPECIAL
LA EVALUAC1ON DE LA MODALIDAD DE EDUCACION ESPECIAL.

Art. 110. La Educación Especial, en el marco del nuevo curriculum, se desarrollará en todos los niveles del sistema educativo, atendiendo a los principios de normalización, integración y diversificación en la atención a los estudiantes y las estudiantes con necesidades educativas especiales.

Todos/as aquellos/as estudiantes que evidencien la necesidad de una atención educativa especial, sea ésta transitoria o permanente deben ser evaluados/as por un equipo multidisciplinario para garantizar su acceso al curriculum regular. Hasta donde sus capacidades lo permitan.

Art. 111. 14 evaluaciones implican la realización de las siguientes acciones:

• Diagnóstico de potencialidades y capacidades, a través de pruebas psicometrías, de conocimientos y habilidades especificas.

• La observación y registro de competencias cognitivas, sociales y prácticas.
• Cualquier otra evaluación que se requiera para determinar las formas más adecuadas de acceso al currículo

Art. 112. Si no es posible la integración total y permanente del estudiante al aula regular, o cuando un estudiante que alcance su máximo desarrollo no pueda acceder al nivel o ciclo siguiente, o cuando exista el riesgo de abandono escolar, los maestros y las maestras, el equipo profesional y la familia debían considerar diversificar el curriculum tomando las alternativas siguientes:

• Su ingreso a una institución para individuos con necesidades educativas especiales
• Ingreso a mi programa de formación educativa, con base en el hogar.
• Ingreso a un taller laboral. Supervisado y protegido.

Art. 113. La evaluación de las/los estudiantes servirá para establecer:

• El impacto de la necesidad educativa especial en el desarrollo integral del/de la estudiante.
• Particularidades de la maduración biológica, personal, motora y cogaltiva.
• Las carencias y tipos de ayuda que requiere
• Las actitudes hacia el proceso educativo
• Las estrategias desarrolladas por tareas de aprendizaje
• Las interacciones que es capaz de establecer
• Los ritmos de aprendizaje
• Las capacidades y competencias que logra desarrollar.
Art. 114. Es necesario efectuar una evaluación inicial que corresponda.

a) Determinación de la situación real de las necesidades educativas especiales o diagnósticos de las condiciones previas.
b) Análisis del contexto sociocultural
e) Determinación de la posibilidad de adecuar el curriculum a los ritmos de aprendizaje

Art. 115. En todo el proceso educativo la evaluación estará orientada a la:

Determinación de las estrategias pertinentes para facilitar el proceso educativo de acuerdo al tipo y grado de la necesidad especial del/de la estudiante.

Determinación de la calidad (le los materiales y medios para facilitar el proceso educativo: Instrumentos, códigos alternativos en a comunicación. así COITIC) desarrollo de estrategias.

Determinación del nivel de participación del/de la estudiante en el proceso educativo, con el/la
educadora y los/las compañeros/as.

Art. 116, La evaluación final está destinada a la determinación de la calidad de los resultados obtenidos y su relación con los propósitos, necesidades, expectativas y el proceso seguido.

Art. 117. Los estudiantes y las estudiantes con necesidades educativas especies que sean ingresados al aula regular, serán evaluados siguiendo los mismos criterios estableados pata los/las estudiantes del nivel ciclo, grado y área de que se trate.

DISPOSICION FINAL

Art. 118. Se deroga cualquier otra disposición contraria a lo estableció en esta Ordenanza, Dada en Santo Domingo, D. N, Capital de la República Dominicana, a los días 17 del mes de diciembre del año 1996.



1´95

ORDENANZA 1’95. QUE ESTABLECE EL CURRICULUM PARA LA EDUCACIÓN INICIAL, BÁSICA, MEDIA, ESPECIAL Y DE ADULTOS, A PARTIR DEL AÑO LECTIVO 1995- 996

CONSIDERANDO. Que el Estado debe garantizar a los habitantes del país, una educación en cantidad y calidad suficientes para su desarrollo individual y su adecuada participación en la sociedad como ciudadanos útiles y conscientes de sus derechos, deberes y responsabilidades.

CONSIDERANDO. Que el Congreso Nacional del Plan Decenal celebrado en diciembre del año 1992, estableció como una de sus prioridades la reforma del sistema educativo para que la educación se convierta, en el periodo de los próximos diez años, en uno de los elementos fundamentales del desarrollo nacional y de la promoción de cada ciudadano y ciudadana, con miras a que el país pueda ingresar al tercer milenio con mayores posibilidades en la construcción de una sociedad mas justa, mas solidaria y mas humana.

CONSIDERANDO. Que en la Transformación curricular se concretizan y viabilizan los lineamientos, objetivos y metas del Plan Decenal, orientados hacia una educación de calidad.

CONSIDERANDO. La necesidad de un nuevo diseño curricular con la participación consciente y entusiasta de los docentes y el apoyo de la comunidad, para asegurar la efectividad de su desarrollo y el mejoramiento de la calidad de la educación.

CONSIDERANDO. Que el currículo se define como un modelo abierto, flexible y participativo, por lo que requiere de la contribución de todos los actores del proceso educativo para su formulación, desarrollo efectivo y adecuación a las características locales y regionales.

CONSIDERANDO. Que los directivos, técnicos y educadores, de los sectores publico y privado tuvieron la oportunidad, el pasado año escolar 1994-95, se estudiar, analizar y ponderar el nuevo currículo.

CONSIDERANDO. La conveniencia de proporcionar al personal directivo y a los educadores, la capacitación indispensable para el desarrollo curricular.

CONSIDERANDO. La conveniencia de introducir las reformas e innovaciones indispensables para lograr la modernización del sector educativo, a fin de responder con eficiencia y eficacia a los desafíos de un nuevo siglo.

OIDAS. Las opiniones de los Subsecretarios de Estado de Educación y de Cultura, del Asesor Técnico, el Consultor Jurídico, los coordinadores de las Divisiones de Servicios Técnicos, Estructura Educativa, Descentralización y Planificación Educativa, los Directores Generales de : Curriculum, Educación Primaria, Educación Media, Educación Técnico Profesional, y Educación de Adultos, los Directores de los Departamentos de Educ. Inicial, Educación Especial y de la Asociación Dominicana de Profesores.

OÍDA La opinión del comité de trabajo diario.

VISTAS. Las Ordenanzas 1’70, 1’77,1’84, 1’86, 2’76, 2’77, 2’88, 2’90, 4’76, 4’90, 5’76 y 842’50. Las Departamentales 9’69 t 10’66. Las Resoluciones 50’66,52’66,62’66, 65’66, 189’73, 312’72, 312’74, 722’78, 802’74, 850’89,1368’88 y 2139’81 que reglamentan los planes de estudios vigentes de la Educación Inicial, Básica, Media, Especial y de Adultos.

El Consejo Nacional de Educación, en uso de las atribuciones que el confiere la Ley Orgánica de Educación No. 2909 , del 5 de junio de 1951, modificada por las leyes No. 5893, del 10 de mayo de 1962, y la 119 del 7 de abril de 1967, dicta la siguiente.

ORDENANZA No 1”95

Que establece el curriculum para la Educación Inicial, Básica, Media Especial y de Adultos

Art.1. Se establece el currículo para la Educación Inicial, Básica, Media, Especial y de Adultos, pública y privada, a partir del año escolar 9596.

Art.2. El currículo responde las característica de nuestra sociedad y tiene como referente los problemas del sistema educativo, el eje o sujeto principal es el/la estudiante y su formación humana, cívica, patriótica, ética, estética, orientada hacia el trabajo productivo, la capacitación para la realización personal, la transformación de su realidad y el desarrollo nacional. Con estos fines s enfatiza el aprendizaje de los valores universales, históricos, sociales e instrumentos, conjuntamente con otros que aseguran la formación integral del sujeto.

Art.3. El currículo parte de que la cultura es toda creación del ser humano, lo que se crea, lo que se hace, lo que se sabe. Es el estilo de un grupo humano abarca los conocimientos, las producciones artísticas, los comportamientos y las relaciones . La educación es parte de la cultura, expresa las tendencias comunes y las diversidades que se manifiestan en la sociedad en su conjunto, procurando contribuir, a través del desarrollo de las potencialidades y capacidades de sus ciudadanos, a atender las demandas y necesidades sociales y personales, así como a preservar y enriquecer la cultura. En este sentido, el currículo toma en cuneta los saberes populares, los científicos, los tecnológicos y el papel que desempeñan éstos en la construcción del conocimiento.

Art.4. las acciones educativas en el currículo responden a los siguientes fines de la educación dominicana:

a) Fomentar la conciencia, la identidad y la soberanía nacional, dentro del contexto de la solidaridad internacional.

b) Fomentar la formación de seres humanos libres, críticos, autocríticos, dueños de sí mismo.

c) Fomentar el desarrollo de una cultura del trabajo como elemento dignificador de los seres humanos, capacitándose para transformarse a sí mismo y a su realidad.

d) Promover el desarrollo de una efectividad sana, equilibrada, para la formación de una persona con sentimientos social e individualmente valiosos.

e) Promover la formación de personas con capacidad para la creación, conservación y desarrollo de la cultura histórica, científica y tecnología y del entorno natural, asumiendo la cultura como totalidad y producto de la realidad social.

f) Formar seres humanos para el ejercicio pleno de sus derechos y deberes: para la transformación social, basada en la justicia, la paz y la democracia participativa, de manera que procure la eliminación de los privilegios y la opresión de minorías sobre mayorías, tomando las medidas necesarias para erradicar de la educación y la escuela todos los estereotipos y practicas que fomentan relaciones de poder y desigualdad entre los sexos y que perpetúan, además, la discriminación de la mujer.

g) Fortalecer la relación entre la educación y la comunidad, considerando esta relación como eje esencial del proceso educativo, a fin de que la escuela sea expresión de la soberanía popular.

h) Promover el desarrollo de una conciencia ambientalista, referida ésta tanto a la naturaleza como a la sociedad, de forma tal que la visión de problemática social y natura descanse en la necesaria armonía de todos los seres, formas vivas y entornos que componen el planeta tierra.

i) Contribuir a la formación integral del ser humano mediante el desarrollo de sus capacidades intelectuales, físicas, éticas y estéticas, así como a la formación de hábitos y convicciones que permitan el desarrollo pleno de su condición humana.

j) Proveer la cultura nacional y popular, la cual debe fortalecerse incrementando el acervo histórico, cultural y los valores de la humanidad.

Art.5. La reforma curricular, producto de una amplia consulta, está orientada por los principio del Plan Decenal y es de centro de proceso de mejoramiento de la calidad de la educación dominicana que promueve dicho plan. Por ello se propone garantizar que todos los niños/as y jóvenes construyen lo conocimiento, valores y actitudes que requieren para su desarrollo como sujetos libres, activos, críticos y conscientes para el mejoramiento permanente de su calidad de vida y la de su comunidad y sociedad, así como para su incorporación a la sociedad y a la democracia.

Art.6. El currículo de la Educación Inicial, Básica, Media, de Adultos y Especial, que se desarrolla a partir del año escolar 1995-96 de define como flexible, abierto y participativo. Con ello se promueve su adecuación a la realidad nacional, a las particularidades regionales y locales, a las características, intereses y necesidades de los educandos, a los adelantos de la ciencia y la tecnología y asimismo favorece la participación creativa de los actores y de la comunidad.

Art.7. La transformación de la educación nacional impulsada por el currículo, se expresa en los propósitos que guían el desarrollo curricular de la Educación Inicial, Básica, Media, Especial y de Adultos, y se apoya en los contenidos de la ciencia, la tecnología y los valores seleccionados y organizados en áreas, asignaturas y ejes transversales. Asimismo, se auxilia de estrategias de aprendizaje, medios y retiros para promover aprendizajes significativos.

NIVEL INICIAL

Art.8. Se establece la Educación Inicial como el primer nivel del sistema educativo dominicano. Esta dirigido a los niños/as de hasta seis años de edad. No es de carácter obligatorio, con excepción del último año.

Art.9. La educación inicial tiene como propósitos generales:

a) Asumir de manera progresiva una actitud reflexiva sobre el mundo natural y social a través del desarrollo de la curiosidad y procedimientos de observación manipulación, exploración, indagación y experimentación.

b) Desarrollar las funciones perceptivas y las capacidades de aprendizaje a través del reconocimiento de objetos y sus características, la reconstitución de hechos y situaciones y la evocación de eventos de diversos tipos.

c) Ejercitar el pensamiento convergente o común en esta etapa de desarrollo, a través de relaciones de entendimiento con el mundo natural y social, de manejo de nociones, solución de problemas y razonamiento lógico.

d) Ejercitar el pensamiento divergente o diferenciado a través de la expresión, en forma diversa y creativa, de necesidades, intereses, experiencias, ideas y sentimientos.

e) Incorporar la apropiación de su lengua y la adecuada comunicación lingüística como modelo de percepción, expresión e interpretación progresiva de su realidad, a partir de los diferentes actos de habla.

f) Adquirir un adecuado desarrollo del esquema corporal con su consecuente control postural y manejo del espacio a través de diferentes movimientos.

g) Desarrollar las destrezas motoras gruesas y finas que le posibiliten actuar con autonomía en la vida cotidiana, así como la expresión gráfica de todo tipo.

h) Ejercitar la capacidad de conocimiento de sí mismo y de su entorno, que le permitan niveles adecuados de estima.

i) Incorporar de manera progresiva procesos de socialización que le permitan la integración de manera creativa en el contexto familiar y social, así como una comprensión abierta y flexible de los seres humanos y de la diversidad de relaciones sociales que se dan entre ellos.
j) Potenciar el desarrollo de su capacidad crítica a partir de la expresión de opiniones y d la valoración de objetos y situaciones determinadas.
k) Desarrollar progresivamente el sentimiento de identidad propia a través de la comprensión y valorización de elementos de las diferentes culturales y costumbres, tanto nacionales como extranjeras.

l) Desarrollar sus capacidades espirituales a fin de que propicien la integración y convivencia armoniosa del niño y la niña consigo mismo/a y con otras personas, con la naturaleza y el entorno en sentido general.

Art.10. El currículo del nivel inicial se desarrollará en los centros públicos y privados del país.

Art.11. Los contenidos de la Educación Inicial se organizan en el Eje Globalizador Ser Humanos, sus relaciones con la naturaleza y el medio social. Este se desglosa en los Ejes Temáticos Descubriendo el medio social y descubriendo el medio natural, los cuales comprenden Bloques Temáticos de contenidos. El eje integrador y los bloques temáticos se desarrollarán integralmente a lo largo de los seis años que dura el nivel.

NIVEL BASICO

Art.12. El nivel básico, con una duración de ocho años, se organiza n dos ciclos, el 1ero. Comprende los grados de 1er. a 4to. Y el 2do. Los de 5to. a 8vo.

Art.13. El currículo de la educación básica expresa sus propósitos en cinco dimensiones que especifican los propósitos educativos que se esperan alcanzar.

Art.14. En la dimensión sujetos que construyen permanentemente su identidad personal y social se promueven los propósitos de formar estudiantes capaces de:

a) Actuar con autonomía y seguridad en actividades individuales y colectivas, y de expresar y defender sus ideas respetando las de los demás.

b) Conocerse a sí mimos, de conocer a los demás y de aceptarse positivamente como entes valiosos y útiles en los distintos espacios sociales en que se desenvuelven.

c) Identificarse con su realidad inmediata local, regional, nacional, caribeña y latinoamericana como base de una identificación universal y de valorar y asumir críticamente su propia cultura e historia, y de participar activamente en la comunidad.

d) Actuar con sentido de justicia, solidaridad, y valoración de la dignidad humana y de la integridad física, psicológica y moral tanto de ellos mismos como de los demás.

e) Asumir con responsabilidad la defensa de su medio ambiente, practicando personal y colectivamente medidas para evitar la contaminación y para la preservación de los recursos natural espera una mejor calidad de vida.

f) Aceptar sus éxito como parte de su identidad psicológica, afectiva, intelectual y sexual como punto d referencia para una comunicación igualitaria, espontánea y natural.
Art.15. En la dimensión sujetos que construyen sus conocimientos y saberes, se plantean los propósitos referidos a que los estudiantes sean capaces de:


a) Construir conocimientos a partir de los que ya posen, relacionarlos con otros nuevos aportados por la ciencia, la tecnología y demás áreas del conocimiento y de aplicarlo en la vida cotidiana.

b) Integrar a su vida los aprendizajes adquiridos readecuando sus formas de pensar a las diferentes situaciones que deben enfrentar.

c) Trabajar independientemente, comprendiendo las orientaciones procedentes de las diferentes áreas del conocimiento y aplicando los conocimientos adquiridos tanto en la escuela como en el entorno.

d) Valorar los conocimientos acumulados por la clínica como una producción cultural de la humanidad que reclama una lectura crítica y su reelaboración permanente.

e) Utilizar críticamente diferentes fuentes de información, organizándolas personalmente, y de valorar el estudio como una forma de realización personal y social.

f) Aplicar conocimientos de forma sistemática, metódica y científica e identificar herramientas útiles a sus procesos de producción intelectual y manual y saber explicar las decisiones tomadas al respecto.

g) Resolver problemas, intervenir en situaciones y satisfacer necesidades de la vida cotidiana generadas en el ambiente escolar, familiar y comunitario.

h) Descubrir el orden lógico, las relaciones de causalidad y los efectos de hechos y fenómenos relacionados con la calidad de vida.

Art.16. En la dimensión Sujetos Democráticos, los propósitos promueven que los estudiantes sean capaces de.

A) Identificar y analizar necesidades y metas colectivas en forma crítica y de promover y participar en procesos de toma y control de decisiones y de cogestión en los ambientes escolar y comunitario.

B) Asumir su responsabilidad personal y social valorando y participando del trabajo en equipo.

C) Respetar las opiniones de los demás, ser respetuosos y tolerantes, resolviendo los conflictos en forma crítica y autocrítica, utilizando el dialogo, las formas organizativas participativas, cooperativas y solidarias y las tomas de decisiones paro concertación y consenso.
D) Valorar y favorecer la equidad, la justicia, la libertad, el respecto a la diversidad cultural y la defensa de la calidad de la vida.
) Defender sus derechos y los de los demás, así como el de los pueblos hacia su autodeterminación.

Art.17. En la dimensión sujetos con actitudes y destrezas para el trabajo, los propósitos son:

a) Desarrollar una cultura del trabajo que les permita articular la teoría y la práctica y percibir la experiencia de trabajo como elemento libertador y como medio para la realización personal y social.

b) Integrarse al trabajo manual artístico e intelectual, asumiendo el estudio como su propio trabajo y aplicando los conocimientos en la medida que los van adquiriendo y/o construyendo.


Art.18. En la dimensión sujetos capaces de expresarse en forma diferente el propósito se encausa a:

a) Mostrar dominio en el ejercicio de distintas formas de expresión, artísticas, motrices, verbales, escritas y otras en dimensiones de su personalidad e importantes para su desarrollo integral.

Art.19. El currículo del nivel básico se aplicará en todos los centros públicos y privados del país con una carga académica semanal de veinte y cinco periodos de docencia, según lo establece el Plan de Estudios que regirá plenamente a partir del año escolar 9697.

Art.21. El primer ciclo es general, común para todos los estudiantes que cursen el nivel. En el Segundo ciclo se ofrecen tres modalidades. General, Técnico Profesional y Artes, cada una con diferentes opciones. Los estudiantes egresados del nivel obtendrán el título de bachiller en la modalidad y concentración correspondiente.

Art.22. Los propósitos generales de la Educación Media son:

1. Propósitos orientados a la función social.

Los propósitos orientados a satisfacer la dimensión social plantean el desarrollo de personas capaces de actuar en forma democrática, con responsabilidad individual y social, actitud crítica y autocrítica, con participación activa y productiva en la sociedad, asumiendo una posición de liderazgo, espera que el/la estudiante sea capaz de:

a) Valorar la vida, la dignidad humana y respetar los derechos de los/as demás, sin distinción de raza, cultura, sexo, credo y posición social, para la construcción de una sociedad en la que prevalezcan la justicia y la equidad, y ofrezca condiciones de vida adecuadas.

b) Promover la solidaridad entre los pueblos como condición para la convivencia internacional pacífica, basada en el respeto por la soberanía, las normas y las leyes nacionales e internacionales.

c) Mostrar una actitud democrática y de liderazgo en la toma de decisiones, mediante una participación activa, crítica y reflexiva, como sujeto comprometido consigo mismo, su familia, la comunidad, el trabajo, y la sociedad en general.

d) Asumir con responsabilidad la preservación y defensa del patrimonio cultural y natural, enriqueciendo y valorando la cultura autóctona y sus manifestaciones folklóricas, a nivel local, regional, nacional, caribeño, latinoamericano y universal.

e) Desarrollar una conciencia biológica y una actitud ecologista que propenda a la relación armónica con la naturaleza y la existencia de un ambiente sano y habitable.

f) Mantener una actitud de equidad entre los sexos reconociendo el derecho de ambos a participar en los procesos sociales, en una relación de igualdad y respeto mutuo.

2. Propósitos orientados a la función formativa.

Estos propósitos están orientados al desarrollo de personas capaces de construir nuevos conocimientos y saberes que les permitan desarrollar sus potencialidades y capacidades para resolver problemas e insertarse en el mundo laboral y/o seguir estudios superiores. Por tanto, el/la estudiante estará en condiciones de.

a) Conocer comprender y analizar de manera crítica los procesos sociopolíticos, económicos, científico tecnológicos y culturales de la sociedad y del mundo de hoy en el marco de los antecedentes históricos nacionales, caribeños, continentales y universales , así como el papel que desempeñan en ellos los hombres y las mujeres.
b) Desarrollar competencias para emplear la Lengua Española como medio e instrumento de comunicación y expresión de la cultura, utilizando las formas oral y escrita y la capacidad de organización y abstracción y del pensamiento, evitando la discriminación por razones sociales, raciales, religiosas, sexuales y de cualquier otra naturaleza.
c) Conocer, comprender y analizar los procesos de transformación y cambios en el mundo de a ciencia, la tecnología y las artes con una mentalidad crítica y abierta, considerando los avances científicos y tecnológicos para así estar en capacidad de construir nuevos conocimientos.
d) Construir conocimientos científicos relacionados con la naturaleza mediante el análisis lógico y reflexivo de los fenómenos naturales en su relación con los procesos sociales y ponderar los efectos prácticos resultantes de una actitud científica y equilibrada frente a la naturaleza.
e) Aplicar el pensamiento lógico y racional en las diferentes situaciones problemáticas de su entorno y empelar la simbología lingüística y matemática para la formulación de modelos aplicados a la solución de problemas reales.
f) Desarrollar mental, física y estéticamente el cuerpo a través de la practica de la educación física , la danza y los deportes para fortalecer su psicomotricidad, la interacción social y desarrollar una actitud positiva hacia las disciplinas físicas, sin discriminación por razones de sexo u otros criterios.


3. Propósitos relativos a la función orientadora.

Estos propósitos contribuyen a que el sujeto logre una personalidad integrada, selecciones una carrera ocupación y alcance un mayor nivel de autonomía personal, social y académica. Para ello el/la estudiante tendrá la oportunidad de:

a) Desarrollar su autoestima, seguridad y confianza en sí mismo/a para tomar decisiones conscientes y pertinentes ante las diferentes situaciones de la vida, y manejarse de forma equilibrada en sus relaciones laborales, afectivas, y recreativas.

b) Reflexionar y tomar conciencia de sus intereses, posibilidades y limitaciones para elegir adecuadamente su futuro académico y profesional, favoreciendo un cambio en las actitudes discriminatorias y estereotipadas con respeto a las profesiones.

c) Valorar los beneficios de los hábitos de ejercicio físico, higiene y alimentación para el desarrollo y la salud corporal, y reflexionar sobre las repercusiones negativas de determinadas practicas sociales que afectan su salud física y psicológica.

d) Tomar conciencia de la importancia del estudio y de la actualización permanente como elementos importantes para la actividad social productiva y de realización personal.

e) Utilizar en forma adecuada el tiempo y los recursos, realizando actividades formativas y recreativas que contribuyan a su desarrollo integral.

Art.23. Las áreas del primer ciclo común a las tres modalidades, con el número de horas semanales de actividades académicas, se consignan en el siguiente cuadro. La carga horaria del primer y segundo ciclo del nivel se desarrollará en su totalidad a partir del año escolar 9697.

Art.25. La modalidad General desarrolla sus actividades académicas que comprende planificación, experiencias de aprendizaje, capacitación, consejos escolares, servicios de orientación educativa y psicológica, celebración de días conmemorativos, evaluación y otros, en un año escolar de cuarenta y tres semanas, con una carga horaria semanal de 30 horas pedagógicas, de 50 minutos cada una, lo cual equivale a 1,290 horas de docencia por grado.

Distribución del tiempo en el año escolar

Art.26 En los liceos nocturnos se aplicará la modalidad general utilizando estrategias acordes con las características, intereses y necesidades del educando.

PÁRRAFO. Para completar el número de horas requeridas por el nivel se establecerá un calendario de docencia específico para estos centros.

Art.27. La modalidad en Artes del nivel medio tiene como propósito que el egresado desarrolle capacidades y competencias para:

a) Reconocer y valorar las obras y los aspectos artísticos que caracterizan su entorno particular y universal.
b) Exponer y ejecutar obras artísticas que generen disfrute estético y contribuyan a elevar el nivel educativo de su localidad y del país.
c) Reconocer, y valorar y crear espectáculos representativos de su historia y su realidad para que sirvan como motivo de expresión de la creatividad.

Art.28. La modalidad en Artes ofrece cuatro menciones: Artes Escénicas, Música, Artes visuales, y Artes Aplicadas, que corresponden a las cuatro grandes áreas del artes. El egresado de la modalidad recibirá el título de bachiller en la modalidad, con la mención que curso.

Art.29. Los planes de estudios de los grados del segundo ciclo en el cual se imparten las asignaturas de la modalidad en sus cuatro menciones, se presentan en los siguientes cuadros:

MENCION EN ARTES ESCENICAS

PLAN DE ESTUDIOS

Art.30. La Educación Media comprende la Modalidad Técnico Profesional con dos opciones, una de carácter postprimaria, el técnico básico, con un año de duración y la otra, el bachillerato técnico, que corresponde al 2do. Ciclo del nivel, con una duración de dos años. En ese ciclo se ofrece una formación general común a las demás modalidades, equivalente a un 30% de la carga académica total y una formación especializada de un 70% . Los egresados de la modalidad reciben el titulo de bachiller técnico.

Art.31. Los propósitos educativos de la Modalidad Técnico Profesional se corresponden con la aspiración de que el egresado los valores, actitudes, conocimientos y competencias prácticas que le permitan desempeñarse con éxito en la vida profesional y comunitaria. Los propósitos se refieren a que:

a) Domine las funciones y tareas propias de la profesión para desempeñarse de manera eficiente en el mundo del trabajo, con una visión coherente a las normas y principios institucionales, y tomando decisiones pertinentes frente a los problemas laborales y de la vida cotidiana.

b) Contribuye con el progreso tecnológico mediante una cultura general y del trabajo, abierta a la innovación, a la actualización de los avances científicos y tecnológicos y a los códigos de modernidad que le permitan interactuar con flexibilidad y creatividad en los procesos productivos y sociales.
c) Asume con responsabilidad actitudes y hábitos que conduzcan a la defensa, conservación y utilización racional de los recursos naturales, los bienes y servicios de la comunidad, de la región, del país, y del mundo.
d) Logre una visión integradora articulando diferentes áreas del conocimiento, al enfrentarse, tanto a la problemática mundial como a la que encara en su rol social e individual.
e) Amplíe su capacidad lingüística e intelectual, logrando así un mayor nivel de entendimiento e interpretación crítica de la realidad sociocultural, natural y tecnológica.

Art.32. Las carreras del Bachillerato Técnico en los sectores. Industrial, Agropecuario y Servicios, se presentan en el cuadro siguiente:

SECTOR INDUSTRIAL MENCION

Corte y confección industrial Corte y Confección Industrial Mecánica industrial Mantenimiento , mecánico, máquinas herramientas Agroindustria Procesamiento de frutas y hortalizas/procesamiento productos lácteos y cárnicos.

Mecánica automotriz y diesel Mecánica automotriz y diesel Electricidad Instalación y mantenimiento eléctrico, refrigeración y acondicionador del aire Electrónica Comunicaciones, radio y TV. Digital y micro, computación

Maderas y afines Ebanistería y carpintería. Arte gráficas Artes gráficas, Sistema de agua Operación y mantenimiento de agua potable y alcantarillado

SECTOR AGROPECUARIO

Agropecuaria Agrícola y/o agroecológico, pecuaria, acuicultura

SECTOR SERVICIOS

Administración y comercio Secretariado y contabilidad comercial, administración pública y comercial, finanzas y mercadeo, Turismo Hotelería, gastronomía, servicios turísticos, Salud Enfermería Informática.


Art.33. El segundo ciclo de la modalidad técnico profesional está organizado en dos años, cuatro semestres de cuarenta y tres semanas de actividad académica cada año. En la semana se imparten 35 periodos de clases para un total 1,505 horas clases al año y de 3,010 horas clases en los dos años del ciclo. Ello se observa en el siguiente cuadro:

Art.37. En la educación técnico profesional se ofrece el técnico básico como alternativa cunicular post primaria de carácter terminal, orientada a formar recursos humanos para el trabajo socialmente útil en los distintos oficios. Sus propósitos educativos se orientan a:

a) Desarrollar la autoestima, manifestando confianza y seguridad en si mismo/a.

b) Demostrar responsabilidad en todas sus actuaciones, observando normas de disciplina, relaciones humanas y respeto a los reglamentos y las leyes.

c) Valorar la vida y la dignidad humana.
d) Desarrollar actitudes que favorezcan una practica democrática en su vida académica, ocupacional, comunitaria y solidaria.

e) Comunicarse adecuadamente en su lengua materna.

f) Apreciar los aportes de la ciencia y la tecnología y aplicarlos a la solución de los problemas de su especialidad y de la vida cotidiana.

g) Desarrollar las competencias propias de la especialidad.

h) Desarrollar capacidad visual, auditiva y manual aplicada a su entorno y al trabajo.

i) Aplicar el pensamiento lógico a la actividad laboral, familiar y social.

j) Identificar la estructura básica del trabajo dentro de la empresa y su propio taller, haciendo pedidos de materiales a utilizar.

k) Manejar con destrezas los instrumentos y equipos propios de su ocupación.

l) Aplicar técnicas de primeros auxilios, de seguridad e higiene ocupacional

Art.38. El técnico básico se enmarca en los fundamentos, principios y valores de la propuesta curricular de la modalidad técnico profesional. Su estructura organizacional esta conformada en tres sectores: industrial, agropecuaria, y servicios. Estos comprenden ramas que, a su vez, abarcan ocupaciones o especialidades. En los cuadros presentados a continuación se consignan las ramas y menciones (ocupacionales ) de los tres sectores.

Art.40. Para ingresar a las distintas especialidades de técnico básico, se requiere haber completado la educación básica de 8 años.

Art.41. La oferta curricular del técnico básico se desarrolla en un año calendario, dividido en dos semestres. Cada semestre tendrá una duración de 22 semanas de 30 horas, cada una. Los periodos diarios de trabajo pedagógico teórico práctico serán 6, de 50 minutos.

Art.42. Los egresados de las menciones ocupacionales de esta modalidad recibirán una certificación de técnico básico en el área de que se trate.

Art.43. La Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos establecerá un reglamento para la apertura, seguimiento y evaluación de centros públicos y privados que estén interesados en ofrecer cualquiera de las menciones del técnico básico y el bachillerato técnico. Este reglamento deberá contener los criterios y requisitos mínimos que dichos centros deberán satisfacer previo a la autorización.


EDUCACION ESPECIAL

Art.44. El currículo concibe la Educación Especial como un conjunto de recursos sistematizados, normativos, administrativos, materiales, personales y metodológicos, con el fin de que el sistema educativo haga realidad, en la practica, el principio de que todo alumno es educable y de que los niños/as aún con necesidades educativas especiales, pueden educarse en su grupo de edad, asumiendo los principios de normalización, integración y diversificación de la educación.

Art.45. El propósito de la Educación Especial es hacer que cada niño/a con necesidades educativas especiales pueda desarrollar todas sus capacidades, para ello habrá de asegurar:

• Que todos los niños/as dispongan de un lugar en la escuela, adaptado a sus necesidades o que transitoriamente reciban otro tipo de atención educativa.

• Que el puesto escolar de que cada niños/a dispone le permita disfrutar de una atención acorde con sus necesidades especiales y así recibir los apoyos necesarios.

• Que cada niños/a cuente con los recursos de apoyo materiales y personales necesarios para integrarse a la escuela y desarrollarse en condiciones de normalidad.

• Que ningún niño/a sea expuesto a barras arquitectónicas o de toro tipo que dificulten su vida escolar.

• Que cada alumno/a disfrute de una evaluación continua multiprofesional que garantice las adecuaciones curriculares que se hagan necesarias en cada momento y que les permitan avanzar hasta donde sus capacidades lo permitan.

• Que las familias reciban orientaciones adecuadas para colaborar eficazmente en el proceso formativo, y tengan el derecho de participar realmente en las decisiones que les conciernen.

Art.46. La Educación Especial dentro de la concepción propuesta, se desarrollará en todos los niveles de la educación, integrando al/la alumno/a, con necesidades educativas especiales al programa regular (de la educación inicial, básica, media) adecuando el currículo a sus necesidades o desarrollando alternativas en función de éstas. Para facilitar el acceso se requieren las adaptaciones de: el especio, los materiales, la comunicación y el currículo a los educandos con necesidades educativas especiales.

EDUCACION DE ADULTOS

Art.47. El currículo de la educación de adultos responde a la concepción de la educación permanente, por lo que es un proceso de enriquecimiento personal que contribuye a su desarrollo integral, por ende al desarrollo de la sociedad en general. De ahí que su función sea la formación y capacitación para el trabajo productivo y el desarrollo de una conciencia reflexiva, crítica y democrática que le permita insertarse de una manera activa en la transformación socioeconómica del medio en el cual está inmerso. En tal virtud, los propósitos de la educación de adultos son, que los egresados sean capaces de:


a) Identificar como suyos los elementos que determinan su identidad nacional, promoviendo acciones tendentes al desarrollo y afianzamiento de dicha identidad, mostrando a la vez respeto por las diversas culturas y solidaridad por las personas de otros países, fundamentalmente por las del Caribe.

b) Contribuir a la conversación y enriquecimiento de las tradiciones y valores socioculturales de su país y de su comunidad y al respeto por los valores patrios. Asimismo, reconocer y valorar los aportes de los personajes que mas han destacado en su medio.

c) Cumplir con los deberes propios de los diferentes papeles que desempeña, incluyendo los que se relacionan con la condición de miembro de su comunidad, y exigir sus derechos en todos los órdenes.

d) Establecer bunas relaciones interpersonales, mostrando equilibrio emocional, eficiencia en la solución de conflictos y capacidad de participar adecuadamente en grupos de trabajo.

e) Reconocer el derecho que tienen las mujeres de participar en igualdad de oportunidades en las diferentes actividades de la familia, la comunidad y el país.

f) Valorar la trascendencia que tiene su trabajo desde el punto de vista individual y social, participando en actividades productivas tradicionales de creación propia, con las cuales inciden en la economía nacional, y a la vez mejora sus condiciones de vida.

Art.48. La estructura académica de la Educación de Adultos comprende un nivel básico de 5 años, dividido en 3 ciclos , los dos primeros de 2 años cada uno y el tercero de un año, y un nivel medio de cuatro años. El año lectivo se divide en semestres. La duración del año escolar es de diez meses con un total de cuarenta y cuatro (44) semanas. El trabajo escolar se desarrolla en 12 horas presénciales a la semana y 10 no presénciales. Por ello, del total de horas anuales (968) , 528 presénciales y 440 no presénciales. Los dos primeros ciclos de dos años cada uno, tienen una duración de 88 semanas, 10056 horas presénciales y 880 no presénciales que suman un total de 1,9366 horas. El tercer ciclo de un año, comprende 44 semanas con 528 horas presénciales y 440 no presénciales.

Párrafo. El nivel medio de la educación de adultos se pondrá en vigencia cuando las necesidades lo determinen.


Tiempo en meses, semanas, horas presénciales y no presénciales

Según año escolar , ciclo y nivel (nivel básico).

Meses Semanas Horas/pres. Horas /no


1er. ciclo 20 88 1056 880 1936

2do. Ciclo 20 88 1056 880 1936

3er. ciclo 10 44 528 440 968

nivel 30 220 2640 2200 4840

Art.49. Las áreas consideradas en el currículo de Educación de Adultos son. Área académica, que abarca_ Lengua Española, Lenguas Extranjeras, Matemática , Ciencias de la Naturaleza, Ciencias Sociales, Educación Artística, Educación Física y Formación Integral Humana y Religiosa, Área de Orientación para la vida y Educación Ciudadana.

En la cual se incluyen: Educación Familiar, Educación para la Salud, Educación Ambiental o Ecológica, Orientación Educativa y Psicológica , Educación Cívica y talles optativos y el área de formación para el trabajo. En los siguientes cuadros se presentan las áreas con la distribución del tiempo en horas presénciales, no presénciales por ciclos y años.

Art.50 El espacio fundamental para la transformación curricular es el centro educativo, concebido como abierto y flexible, en el cual se recrean permanentemente las experiencias de los proyectos y de las acciones de los educadores y educandos implicados en el proceso educativo.

Art.51. En la gestión del currículo el centro educativo tiene las atribuciones siguientes:

a) Garantiza la lectura y discusión colectiva del diseño curricular, seleccionando capítulos o partes para ser compartidos entre distintos actores: directores y profesores, profesores entre sí, maestros, maestras y estudiantes con dirigentes comunitarios, con los padres, madres y tutores, o cualquier otra combinación que se considere conveniente.

b) Promover la sistematización de experiencias acerca de los procesos y logros de aprendizaje en el centro escolar, de las formas como se van satisfaciendo las necesidades y demandas de la comunidad local, de los apoyos provenientes de las direcciones regionales de la SEEBAC, de los resultados de las interacciones con otros centros educativos, entre otros.

c) Realizar el desarrollo curricular del centro, planificando en forma detallada el año escolar para cada grado. Según sus características, los avances logrados en años anteriores, las experiencias acumuladas en el trabajo de los maestros y maestras en cada grado y todo otro elemento que se considere apropiado.

d) Garantizar las articulaciones con la comunidad, local, en particular con las Asociaciones de padres, madres, y amigos de la escuela, involucrándolas en todo el proceso de desarrollo y evaluación curricular a nivel del centro. Con la ayuda de la Dirección Regional establecer relaciones fluidas y estables de intercambio con organismos, instituciones y personas de la localidad.

e) Reconocer el derecho que tienen las mujeres de participar en igual de oportunidades en las diferentes actividades de la familia, la comunidad y el país.

f) Promover la investigación acción, la reflexión, y socialización de experiencias en la búsqueda de elevar permanentemente la calidad de la educación e incentivar la labor científica.

g) Garantizar el flujo de información al interior del centro educativo, compartiendo resultados y sistematizando experiencias.

h) Promover la evaluación del proceso de transformación curricular y del diseño en el centro educativo, con la participación de todos los actores y de la comunidad local.

i) Garantizar las normas organizativas necesarias en el centro educativo, en especial propiciando la conformación de un equipo multidisciplinario que garantice un desarrollo curricular adecuado.

a) J) Garantizar la administración más pertinente de los recursos disponibles.

j) Garantizar la articulación con las acciones de todos los programas y proyectos que confluyen en un centro, poniendo en marcha estrategias de intervención innovadoras que posibiliten la expresión y las capacidades creativas de los sujetos.

Art.52. En los diferentes niveles y modalidades que conforman la estructura del sistema educativo dominicano el currículo enfatizará aquellas estrategias que promuevan aprendizajes significativos a partir de las experiencias de los sujetos.

Art.53. Los recursos para promover el aprendizaje de las distintas áreas incluidas en el nuevo currículo, deberán estar en correspondencia con su naturaleza, enfoque, propósitos, contenidos y estrategias formuladas en el diseño curricular.

Párrafo: En un reglamento adicional se establecerán los criterios que orientarán la elaboración y evaluación de los recursos para el aprendizaje.


Art.54. Para la evaluación del desarrollo curricular se pondrá en vigencia, mediante una disposición adicional, un sistema de evaluación del currículo, el cual deberá establecer criterios para la evaluación de todos los componentes del mismo.

Art.55. La Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos, ejecutará un plan de capacitación del personal docente, técnico y administrativo en interés de garantizar el desarrollo apropiado de las distintas actividades del currículo y su gestión exitosa.

Art.56. Las escuelas de educación especial del país darán apoyo a la escuela regular para tender las necesidades de los educandos que requieren de estos servicios. Las acciones a desarrollar estarán bajo la responsabilidad y coordinación de un equipo multidisciplinario que estará servicio de dichas escuelas.

Art.57. La Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos, establecerá un calendario de ejecución en donde se especificarán con claridad, las metas a ser logradas a corto, mediano y largo plazo para garantizar el éxito de la transformación.

Art.58. El Secretario de Estado de Educación, queda facultado para adoptar cualquier disposición adicional que se considere necesaria para garantizar el éxito del desarrollo del currículo.

Art.59. Se deroga cualquier otra disposición contraria a lo establecido en esta Ordenanza.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Art.60. Durante el año lectivo 9596 los docentes aplicarán en las aulas el currículo, harán las observaciones que consideren pertinentes y participarán activamente en la elaboración de los contenidos mínimos o programas de las distintas aras, así como en el diseño de las unidades de aprendizaje y en las adecuaciones regionales y distritales acordes con las características y necesidades de las comunidades.

Art.61. Durante el año lectivo 199596, los aportes de los docentes se discutirán en las comisiones de construcción curricular de centro y de distrito y serán, a su vez, revisadas e incorporadas en los congresos distritales y regionales.

Art.62. En el verano de 1996 se celebrará el Congreso Nacional de la transformación curricular para analizar y aprobar los aportes y adecuaciones regionales al currículo de la Educación Inicial, Básica , Media , Especial y de Adultos. Los contenidos básicos que se desarrollan a nivel nacional y los lineamientos de los programas que orientaran las prácticas de los educadores a partir del año escolar 199697.

Art.63. En los centros de educación básica públicos y privados, donde se disponga de personal preparado, se podrán impartir las áreas de educación artística y lenguas extranjeras (ingles y francés) , a partir del año escolar 9596 . Estas últimas, desde el 5to. grado el horario de estos centros alcanzara las 25 horas semanales establecidas en el currículo. Los centros educativos que no cuenten con el personal capacitado para desarrollar las áreas de Educación Artística y Lenguas Extranjeras laborarán con el horario actual.

Párrafo. En la Educación de Adultos no se impartirán en el año escolar 1995-96 Educación física, Educación Artística, Lenguas Extranjeras, Orientación y Psicología.

En el área de formación para el trabajo se ofertarán opciones en los centros que reúnan las condiciones para impartirla.

Art.64. La Secretaría de Educación desarrollará un programa de capacitación del personal docente en las áreas de educación artística y lenguas extranjeras, durante el año escolar 1995-96.

Este programa se apoyará en los medios de comunicación y en materiales didácticos apropiados.

Art.65. Las áreas de Educación Artísticas y la Educación Técnica contempladas en el Plan de Estudio del Nivel Medio, se podrán impartir en los centros educativos que dispongan del personal docente capacitado en estas áreas, de la infraestructura física y de los recursos didácticos necesarios. En los demás centros se escogerá el personal que posea la formación previa indispensable para trabajar en dichas áreas y recibir la capacitación requerida durante el año escolar 1995-1996.

Párrafo. En aquellos centros politécnicos (públicos y privados) donde se disponga de los laboratorios y el personal especializado, se aplicará el currículo en las menciones afines a las que actualmente ellos ofrecen.

Art.66. El currículo del nivel medio, modalidad general, en artes y técnico profesional, se desarrollará en los dos grados del primer ciclo y en el tercero del segundo ciclo. Es decir en los actuales grados: 1er. 2do. 3ro. En el año escolar 1995-96.

Párrafo. En el 2do. Año del segundo ciclo del nivel medio, los centros que estén interesados podrán aplicar los principios, enfoques y las estrategias de aprendizaje del nuevo currículo. En la elaboración de las pruebas nacionales se tomará en cuenta esta situación.

Art.67. La modalidad en arte, del nivel medio se desarrollará en ana o mas de las cuatro menciones propuestas (artes visuales, música, artes escénicas, y artes aplicadas), en los liceos de localidades donde funcionan Escuelas de Bellas Artes.)

Art. 68. Los medios y materiales didácticos (libros de texto, de consulta, cuadernos de trabajado y otros) que responden al currículo actual, en vigencia hasta el año escolar 1994-95,
se utilizarán en el periodo lectivo 1995-96, con auxilio de materiales de orientación que posibiliten la construcción del conocimiento a partir del acercamiento entre el currículo vigente y lo nuevos enfoques que propone al transformación curricular.

Art.69. En los centros de educación especial se desarrollará el enfoque del nuevo currículo con los fines especificados en esta disposición, de introducir de manera gradual las innovaciones, formulando las observaciones y sugerencias que se recogerán en una nueva versión y complementarán el diseño curricular.

Art. 70 Se iniciará el desarrollo de la propuesta de Educación Especial en el año escolar 1995-96, en las escuelas pilotos que cuenten con aulas de recuperación pedagógica a nivel nacional.

Art.71. El sistema de evaluación del nuevo currículo se someterá a estudio, análisis, discusión, adecuación y validación, durante el año escolar 1995-96.

Art.72. Durante el año escolar 1995-96 , se desarrollará un plan de seguimiento de la aplicación curricular con el propósito de orientar y supervisar la introducción progresiva de las innovaciones que propone el mismo, las adecuaciones que requiere el diseño curricular, la especificación de los contenidos básicos comunes y el diseño de los programas de estudios.

Dado en Santo Domingo. D.N. Capital de la República Dominicana, a los 28 días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y cinco (1995).

DR. J OSE ANDRES AYBAR SANCHEZ

Presidente

Secretario de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos

LIC. ALBETINA IBIS DE GALARZA

Oficial Mayor

Secretaria del Consejo Nacional de Educación__

1 comentario: